InicioJusticiaARGAR CONSTRUCCIONES SERVICIOS Y TRANSFORMACIONES S.A

Concurso de acreedores

ARGAR CONSTRUCCIONES SERVICIOS Y TRANSFORMACIONES S.A

CIF A04334280Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
321/03/201416/07/2019
Procedimiento
698/2013
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil N.º 1 de Almeria

Cronología del expediente

  1. Declaración de concurso16/07/2019
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil N.º 1 de AlmeriaProc. 698/2013Auto 08/07/2019

    El Juzgado de lo Mercantil N.º 1 de Almeria, anuncia: Que en el procedimiento concursal número 698/2013 referente al concursado ARGAR CONSTRUCCIONES, SERVICIOS Y TRANSFORMACIONES SA, con C.I.F. A04334280 y domicilio en Plaza Ortiz Villajos, Nº 4 L-1 de Aguadulce (Almería), se ha dictado Auto de Conclusión de Concurso de fecha 8 de julio de 2019 en cuya parte dispositiva se dispone: - La conclusión del presente procedimiento concursal. - Declarar aprobada la rendición de cuentas final de la Administración Concursal. - La publicación de dicha resolución en el BOE, en el Registro Mercantil y en el Registro Público Concursal. - La cancelación de las anotaciones de declaración de concurso existentes. - La extinción de Argar Construcciones, Servicios y Transformaciones S.A. Almería, 8 de julio de 2019.- La Letrada de la Administración de Justicia, M.ª Ángeles Bossini Ruiz.

  2. Otro acto concursal29/05/2014
    ⚖️ ALMERÍAAuto 14/05/2014

    El Juzgado de lo Mercantil de Almería (Antiguo Instancia n.º 7) anuncia: 1. Que en el número 698/13, referente al deudor, Argar Construcciones,Servicios y Transformaciones, S.A, con C.I.F. A04334280, con domicilio en Plaza Ortiz Villajos, n.º 4 L-1, de Aguadulce (Almería), se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal(LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. 2. Las partes personadas podrán impugnar el inventario y la lista de acreedores dentro del plazo de Diez días, a contar desde la notificación de la resolución que acuerda la presentación del informe. Para los demás interesados el plazo de diez días se computará desde la ultima publicación de este edicto, que se publicará en el "Boletín Oficial del Estado" y en el Tablón de anuncios de este Juzgado, presentando las impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil. 3. Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador. Almeria, 14 de mayo de 2014.- El/la Secretario Judicial.

  3. Otro acto concursal21/03/2014
    ⚖️ ALMERÍAAuto 30/01/2014

    El Juzgado de lo Mercantil de Almería, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la (LC), anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 698/13, con NIG 0401342M20130000741 por auto de 30 de enero de 2014 se ha declarado en concurso Necesario al deudor Argar construcciones, servicios y transformaciones, S.A., con CIF A-04334280 con domicilio en Plaza Ortiz Villajos, n.º 4 L-1 de Aguadulce (Almería) y cuyo centro de principales intereses lo tiene en dicho domicilio. 2º.- Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la administración concursal. 3º.- Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art. 85 de la LC. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido AUDICO CONSULTORES EMPRESARIALES, S.L.P., con CIF. B-04155560, representada por su Administrador solidario don Alejandro Roberto García Díaz, con DNI 27.515.688-Y, con domicilio postal en Carretera de Ronda, n.º 110, 4.º - 1 de Almería, teléfono 950.26.76.17 y dirección electrónica [email protected] en las que efectuar la comunicación de créditos. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos del Letrado (articulo 184.3 LC). Almería, 5 de marzo de 2014.- El/la Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.