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Concurso de acreedores

ARGANTEC SL

CIF B80075690Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
207/07/201723/06/2021
Procedimiento
0000533/2017 · 533/2017
Juzgado
MERCANTIL - 5

Cronología del expediente

  1. Declaración de concurso23/06/2021
    ⚖️ MERCANTIL - 5Proc. 0000533/2017Juez : IRENE LETRADA DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA ORTIZ PLAZAAuto 11/06/2021

    Que debo declarar y DECLARO EL CUMPLIMIENTO de la propuesta de convenio del deudor ARGANTEC S.L. aprobada por sentencia de 30 de Julio de 2018. Désele la publicidad que corresponda conforme a lo dispuesto en el TRLC, esto es mediante edictos en el

  2. Otro acto concursal07/07/2017
    ⚖️ MADRIDProc. 533/2017Auto 04/07/2017

    Doña Irene Ortiz Plaza, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 5 de Madrid, Hace saber: 1.- Que en el Concurso Abreviado 533/2017, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2017/0090658, por auto de fecha 23/06/2017, se ha declarado en concurso voluntario, que se tramitará por el procedimiento abreviado, a ARGANTEC S.L., con nº de identificación B80075690, y domiciliado en calle del Doctor Esquerdo, nº 105, C.P. 28007 Madrid (Madrid) 2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el "Boletín Oficial del Estado". 3.- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la Administración concursal 4.- La identidad de la Administración concursal es D. Ramón Botella Manchón, con domicilio postal en calle Ventrua Rodríguez, nº 3, Esc/Piso/Prta: 4º - Izqda., C.P. 28008 Madrid (Madrid), y dirección electrónica [email protected], ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, en cualquiera de las dos direcciones. 5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. 6.- Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es Madrid, 4 de julio de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.