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Concurso de acreedores

AREVALO GRANADOS SL

CIF B72166051Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
322/02/201406/05/2020
Procedimiento
1238/2013
Juzgado
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CÁDIZ

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal06/05/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CÁDIZ Proc. 1238/2013Juez : Salvador Vilata MenadasAuto 21/01/2020

    DECLARA ESTADO DE CONCURSO VOLUNTARIO Y CONCLUSIÓN

  2. Conclusión del concurso06/05/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CÁDIZ Proc. 1238/2013Juez : EDUARDO PASTOR MARTINEZAuto 21/01/2020

    Que en el concurso de acreedores 1529/2019 que se tramitan en el Juzgado Mercantil 3 de Valencia, se ha dictado en fecha 13/03/2020 auto firme de conclusión de concurso voluntario , cesando todos los efectos de la declaración del concurso.

  3. Otro acto concursal22/02/2014
    ⚖️ CÁDIZProc. 1238/2013Auto 04/12/2013

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil de Cádiz, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 1238/2013, con NIG 1101242M20130001056, por auto de 4 de diciembre de 2013, se ha declarado en concurso voluntario al deudor Arévalo Granados, S.L., CIF: B72166051, con domicilio y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Cádiz. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art. 85 de la LC. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido don Antonio David Asensio Reyes, con domicilio postal Avda. Almirante León Herrero, n.º 15 A, Local, 11100- San Fernando. y dirección electrónica [email protected] El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Cádiz, 5 de febrero de 2014.- Secretaria Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.