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Concurso de acreedores
ARENTO INDUSTRIAS CARNICAS SOCIEDAD LIMITADA EN LIQUIDACION
CIF B99171530Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 7 — 07/02/2019 → 03/03/2021
- Procedimiento
- 155/2020 · 11/2018
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE ZARAGOZA
Cronología del expediente
- Apertura de liquidación03/03/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE ZARAGOZA Proc. 155/2020Juez : César Suárez VázquezAuto 01/09/2020
Auto declaración concurso. Suspensión facultades
- Otro acto concursal15/09/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE ZARAGOZA Proc. 155/2020Juez : JOSE PABLO CARRERA FERNANDEZAuto 13/01/2021
AUTO DE DECLARACION DE CONCURSO VOLUNTARIO Y , SIMULTANEAMENTE, CONCLUSION POR INSUFICIENCIA DE LA MASA ACTIVA.
- Otro acto concursal15/09/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE ZARAGOZA Proc. 155/2020Juez : OLGA AHEDO PEÑAAuto 13/01/2021
INFORME AC
- Otro acto concursal15/09/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE ZARAGOZA Proc. 155/2020Auto 11/06/2020
Resolución sobre las facultades de administración
- Apertura de liquidación15/09/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE ZARAGOZA Proc. 155/2020Auto 01/09/0202
Auto de apertura de la fase de liquidación
- Declaración de concurso15/09/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE ZARAGOZA Proc. 155/2020Auto 11/06/2020
Auto de declaración de concurso
- Otro acto concursal07/02/2019⚖️ ZARAGOZAProc. 11/2018Auto 11/12/2018
D.ª Tomasa Hernández Martín, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 1 de Zaragoza, por el presente hago saber: 1.- En el procedimiento de homologación judicial de acuerdo de refinanciación del art. 71 bis.1 y Disposición Adicional IV de la LC, que se sigue en este Juzgado con el número 453/18-g y N.I.G. 50297 47 1 2018 0001369, se ha admitido a trámite la solicitud de homologación de acuerdo de refinanciación, constando Providencia que literalmente se pasa a transcribir a continuación: Providencia-Magistrado-Juez- D. Juan Pablo Rincón Herrando. En Zaragoza, a 11 de diciembre del 2018. Por presentado escrito con fecha 27/11/2018 por el Procurador D. Manuel Turmo Coderque, en nombre y representación de Arento Industrias Cárnicas, Sémolas Cinco Villas, S.A.; Arento Grupo Cooperativo Agroalimentario de Aragón, Sociedad Cooperativa; Corporación Financiera Arento, S.L.; Arento Energía S.L.; Lozano, S.A.; Nutrigal Sociedad Aragonesa de Molinería, S.L.; Arento Logística, S.L., Cinética, S.L., y Genética y Gestión, S.L., acuerdo: 1.- Admitir a trámite la presente solicitud de homologación de acuerdo de refinanciación. 2.- La paralización de las ejecuciones singulares hasta que se acuerde la homologación.| Notifíquese esta resolución a las partes personadas, haciéndoles saber que contra la misma cabe interponer Recurso de Reposición por escrito ante este Órgano Judicial, dentro del plazo de cinco días contados desde el siguiente a su notificación, sin perjuicio del cual se llevará a efecto la resolución impugnada. La admisión de dicho recurso precisará que, al interponerse el mismo, se haya consignado como depósito 25 euros en la Cuenta de Depósitos y Consignaciones de este Juzgado en el Banco Santander n.º 0000000000045318 en imposición individualizada, con indicación de "recurso de reposición", y que deberá ser acreditado, de acuerdo a la disposición adicional decimoquinta de la LOPJ. No se admitirá a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido. Así lo acuerda, manda y firma S.S.ª El/La Magistrado-Juez 2.- Deudores: -Arento Industrias Cárnicas CIF B99171530. -Sémolas Cinco Villas S.A. CIF A50774686. -Arento Grupo Cooperativo Agroalimentario de Aragón, Sociedad Cooperativa CIF F50011519. -Corporación Financiera Arento, S.L. CIF B99194474. -Arento Energía, S.L. CIF B99061012. -Lozano, S.A. CIF A50007988. -Nutrigal Sociedad Aragonesa de Molinería, S.L. CIF B99164238. -Arento Logística S.L., CIF B50861145. -Cinética, S.L. CIF B 83667048. -Genética y Gestión, S.L. CIF B50565472. acuerdo: 3.- El acuerdo está a disposición de los acreedores en la Secretaria del Juzgado donde se ha depositado para su publicidad. 4.- Declarar la paralización de las ejecuciones singulares hasta que se acuerde la homologación. Zaragoza, 11 de diciembre de 2018.- Letrado de la Administración de Justicia, Tomasa Hernández Martín.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.