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Concurso de acreedores
ARCOS AMBIENTAL SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA
CIF B91380675Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 3 — 29/06/2016 → 04/07/2020
- Procedimiento
- 2687/2015
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Sevilla
Cronología del expediente
- Declaración de concurso04/07/2020⚖️ SEVILLAProc. 2687/2015Auto 06/11/2019
EDICTO El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Sevilla, Anuncia: Que en el procedimiento número 2687/2015, por Auto, de fecha 6 de noviembre de 2019, se ha acordado la conclusión del concurso, correspondiente al deudor ARCOS AMBIENTAL, S.L.U., con CIF B-91380675. La parte dispositiva de la citada resolución, en extracto, dice lo siguiente: PARTE DISPOSITIVA ACUERDO: 1) La conclusión del proceso concursal de ARCOS AMBIENTAL, S.L.U., con CIF B-91380675 y domicilio en Sevilla, C/ Arquitectura, 2, torre 11, planta 10, módulo 17, llevado en este mismo juzgado con el n.º 2687/2015. Se decreta el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición. 2) El cese del Administrador Concursal designado, aprobando la rendición de cuentas presentada por el mismo, debiendo devolver la credencial que este juzgado le extendió en el plazo de cinco días. 3) La declaración de extinción de la sociedad ARCOS AMBIENTAL, S.L.U., con CIF B-91380675, y el cierre de su hoja en el Registro Mercantil y en los demás públicos que corresponda. Expídase mandamiento al Registro Mercantil para su constancia. Dicha declaración de extinción no ha de impedir la subsistencia de su personalidad jurídica para plantear o mantener demandas judiciales en reclamación de los créditos que ostente o crea que le asistan contra otros terceros. 4) Notificar el extracto de esta resolución en el BOE de forma gratuita de conformidad con el art 23 LC. 5) Librar mandamientos al Registro Mercantil para dejar sin efecto las inscripciones que se hubieran podido practicar por la declaración de concurso, así como para la extinción de la sociedad y el cierre de su hoja registral, debiendo solicitar el instante del concurso cuantos otros les sean necesarios para otros registros públicos. Con tal finalidad se entregarán al Procurador de la instante que deberá acreditar ante este Juzgado en el plazo de cinco días su presentación ante el Registro Mercantil. 6) Esta resolución es firme y contra ella no cabe recurso. 7) Llevar el original de esta resolución al Libro de Autos, dejando testimonio en los autos. 8) Una vez los mandamientos hayan sido diligenciados y unidos al expediente, su archivo, previa baja en los libros de su razón. Sevilla, 30 de junio de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Juana Galvez Muñoz.
- Declaración de concurso24/02/2020⚖️ SEVILLAProc. 2687/2015Auto 06/11/2019
El Juzgado de lo Mercantil número 1 de Sevilla, anuncia: Que en el procedimiento número 2687/2015, por Auto, de fecha 6 de noviembre de 2019, se ha acordado la conclusión del concurso, correspondiente al deudor ARCOS AMBIENTAL, S.L.U., con C.I.F. B-91380675. La parte dispositiva de la citada resolución, en extracto, dice lo siguiente: PARTE DISPOSITIVA ACUERDO: 1) La conclusión del proceso concursal de ARCOS AMBIENTAL, S.L.U., con C.I.F. B-91380675 y domicilio en Sevilla, C/ Arquitectura 2, torre 11, planta 10, módulo 17, llevado en este mismo juzgado con el Nº 2687/2015. Se decreta el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición. 2) El cese del Administrador Concursal designado, aprobando la rendición de cuentas presentada por el mismo, debiendo devolver la credencial que este juzgado le extendió en el plazo de 5 días. 3) La declaración de extinción de la sociedad ARCOS AMBIENTAL, S.L.U., con C.I.F. B-91380675, y el cierre de su hoja en el Registro Mercantil y en los demás públicos que corresponda. Expídase mandamiento al Registro Mercantil para su constancia. Dicha declaración de extinción no ha de impedir la subsistencia de su personalidad jurídica para plantear o mantener demandas judiciales en reclamación de los créditos que ostente o crea que le asistan contra otros terceros. 4) Notificar el extracto de esta resolución en el BOE de forma gratuita de conformidad con el art 23 L.C. 5) Librar mandamientos al Registro Mercantil para dejar sin efecto las inscripciones que se hubieran podido practicar por la declaración de concurso, así como para la extinción de la sociedad y el cierre de su hoja registral, debiendo solicitar el instante del concurso cuantos otros les sean necesarios para otros registros públicos. Con tal finalidad se entregarán al Procurador de la instante que deberá acreditar ante este Juzgado en el plazo de cinco días su presentación ante el Registro Mercantil. 6) Esta resolución es firme y contra ella no cabe recurso. 7) Llevar el original de esta resolución al Libro de Autos, dejando testimonio en los autos. 8) Una vez los mandamientos hayan sido diligenciados y unidos al expediente, su archivo, previa baja en los libros de su razón. Lo acuerda y firma, D. Eduardo Gómez López, Magistrado Juez del Juzgado Mercantil 1 Sevilla; Doy fe Sevilla, 19 de febrero de 2020.- la Letrada de la Administración de Justicia, Juana Galvez Muñoz.
- Otro acto concursal29/06/2016⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de SevillaAuto 17/06/2016
E D I C T O El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Sevilla, En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 2687/15, con NIG 4109142M201500063703, por auto de 09/06/14 se ha declarado en concurso al deudor ARCOS AMBIENTAL, SLU, con CIF B-91380675, y con domicilio en Calle Arquitectura 2, torre 11, planta 10, módulo 17 - Sevilla. 2.º Se suspende el ejercicio por la entidad concursada de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituida por los administradores concursales. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la Ley Concursal, directamente ante la administración concursal, a la letrada DOÑA CECILIA FRANCO ROMERO, dirección Av. San Fco. Javier, n.º 22, edificio Hermes, planta 5.ª, módulo 14, 41018 Sevilla, teléfono 955280188, fax 954064652, Correo Electrónico: [email protected], bien por escrito presentado o dirigido al domicilio señalado, bien por comunicación electrónica al correo señalado anteriormente. En ningún caso tendrá valor las comunicaciones de créditos dirigidas a este Juzgado. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). En Sevilla, 17 de junio de 2016.- La letrada de la Administración de Justicia.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.