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Concurso de acreedores
ARCE CERAMICAS SOCIEDAD LIMITADA
CIF B12488243Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 12 — 14/04/2009 → 06/05/2026
- Procedimiento
- 211/2009
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CASTELLO DE LA PLANA · Mercantil - 1
Cronología del expediente
- Otro acto concursal06/05/2026⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CASTELLO DE LA PLANA Proc. 211/2009Auto 04/07/2025
Cese de las limitaciones de las facultades de administración
- Otro acto concursal06/05/2026⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CASTELLO DE LA PLANA Proc. 211/2009Juez : JOSÉ MARÍA FERNÁNDEZ SEIJOAuto 04/07/2025
Estimo competente a este Órgano judicial para conocer del concurso solicitado por la Letrada Nerea Martos Carrasco en nombre y representación de Mirian Asturiano Rebolledo .
- Conclusión del concurso06/05/2026⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CASTELLO DE LA PLANA Proc. 211/2009Juez : MARIA DEL CARMEN VILLELLAS SANCHOAuto 04/07/2025
DECLARACION CONCURSO SIN MASA
- Conclusión del concurso22/07/2025⚖️ Mercantil - 1Proc. 211/2009Juez : FRANCISCO GIL MONZOAuto 04/07/2025
SE ACUERDA LA CONCLUSIÓN
- Otro acto concursal03/06/2025⚖️ Mercantil - 1Proc. 211/2009Juez : VICENTE JUESAS LOACESAuto 29/05/2025
SE TIENE POR SOLICITADA LA CONCLUSION Y PRESENTACION DE LA RENDICION DE CUENTAS
- Otro acto concursal26/09/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CASTELLO DE LA PLANA Proc. 211/2009Auto 04/03/2019
Sentencia de Calificación
- Otro acto concursal21/09/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CASTELLO DE LA PLANA Proc. 211/2009Juez : MARGARITA JUAN LOSAAuto 17/10/2012
EDICTO DECLARACION CONCURSO
- Otro acto concursal21/09/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CASTELLO DE LA PLANA Proc. 211/2009Juez : SOFIA GIL GARCIAAuto 17/10/2012
ARTICULO 648 LC
- Otro acto concursal23/07/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CASTELLO DE LA PLANA Proc. 211/2009Juez : MARIA DOLORES DE LAS HERAS GARCIAAuto 17/10/2012
PONER DE MANIFIESTO PLAN DE LIQUIDACION PLAZO 10 DIAS
- Otro acto concursal23/07/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CASTELLO DE LA PLANA Proc. 211/2009Juez : MARIA DOLORES DE LAS HERAS GARCIAAuto 06/06/2016
AUTO APERTURA FASE LIQUIDACION
- Apertura de liquidación23/07/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE CASTELLO DE LA PLANA Proc. 211/2009Juez : MARIA DOLORES DE LAS HERAS GARCIAAuto 17/10/2012
AUTO DECLARACION DE CONCURSO
- Otro acto concursal14/04/2009⚖️ CASTELLÓN DE LA PLANA.Proc. 211/2009Auto 26/03/2009
Doña Cristina Cifo González, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, hago saber: Primero: Que en el Procedimiento Concursal voluntario ordinario numero 211/2009, por auto de fecha 26 de marzo de 2009, se ha declarado en Concurso voluntario ordinario al deudor Arce Cerámicas, S.L., con domicilio en Vilafames, Carretera de Albocasser, kilómetro 3 y CIF número B-12488243 Segundo: Que el deudor Arce Cerámicas, S.L., conserva sus facultades de administración y disposición pero sometidas a la intervención de la administración concursal. Tercero: Que los acreedores del concursado deberán poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el articulo 85 de la Ley Concursal. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la ultima publicación de los anuncios que se han acordado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en el periódico “Mediterráneo de Castellón”. Cuarto: Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador legalmente habilitado y asistidos de Letrado (articulo 184.3 Ley Concursal). La comunicación a los acreedores no personados se hará por la administración concursal, quedando los autos, informes y documentación trascendental del concurso en la Secretaria del Juzgado para su examen por los interesados, en horas de audiencia Castellón, 26 de marzo de 2009.- La Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.