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Concurso de acreedores

ARCATER MANIPULATS SL

CIF B66810383Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
814/09/202104/12/2024
Procedimiento
269/2022 · 269/2022-A
Juzgado
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE BARCELONA · Mercantil - 2

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal04/12/2024
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE BARCELONAProc. 269/2022Auto 17/10/2024

    Cese de Administrador concursal

  2. Conclusión del concurso04/12/2024
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE BARCELONAProc. 269/2022Juez : CRISTINA MAESTRE FUENTESAuto 17/10/2024

    En el Sección primera: declaración del concurso 1756/2020 de Djibi Diallo Dia, la administración concursal ha presentado el informe a que se refieren los arts. 292 y ss

  3. Otro acto concursal11/04/2024
    ⚖️ Mercantil - 2Proc. 269/2022-AJuez : ALVARO LOBATO LAVINAuto 10/04/2024

    EDICTO ANUNCIA SOLICITUD CONCLUSIÓN CONCURSO

  4. Apertura de liquidación12/01/2023
    ⚖️ MERCANTIL - 2Proc. 269/2022-AJuez : ALVARO LOBATO LAVINAuto 19/12/2022

    EDICTO ANUNCIA APERTURA FASE LIQUIDACIÓN

  5. Otro acto concursal26/05/2022
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE BARCELONAProc. 269/2022Juez : ANA MARIN HERREROAuto 17/10/2024

    APERTURA FASE LIQUIDACION

  6. Declaración de concurso20/04/2022
    ⚖️ MERCANTIL - 2Proc. 269/2022-AJuez : ALVARO LOBATO LAVINAuto 17/03/2022

    EDICTO DECLARACIÓN CONCURSO

  7. Otro acto concursal14/09/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE BARCELONAProc. 269/2022Juez : MONTSERRAT MORERA RANSANZAuto 17/03/2022

    De conformidad con el art. 297 L.C. las partes personadas pueden impugnar el inventario y la lista de acreedores en el plazo de DIEZ días desde la notificación de la presente resolución, a cuyo fin podrán obtener copias a su costa.

  8. Otro acto concursal14/09/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE BARCELONAProc. 269/2022Juez : FRANCISCO JAVIER CARRETERO ESPINOSA DE LOS MONTEROSAuto 17/03/2022

    Apertura de Liquidación Anticipada

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.