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Concurso de acreedores
ARANGO Y GIL PROMOCIONES SL
CIF B47531025Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 1 — 05/06/2010 → 05/06/2010
Cronología del expediente
- Declaración de concurso05/06/2010⚖️ VALLADOLIDAuto 21/05/2010
Edicto Doña María Begoña Ozamiz Bageneta, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil Número Uno de Valladolid, por el presente, hago saber: Primero.- Que en los autos de Concurso Voluntario 92/10-C seguidos en este Juzgado, se ha dictado en fecha 21 de mayo de 2010 auto de declaración de concurso voluntario de "Arango y Gil Promociones S.L.", C.I.F. B-47531025, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Valladolid, Calle Arrabal, 18 (La Overuela). Segundo.- Que la deudora conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. Tercero.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal. Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de un mes a partir de la fecha de publicación de este edicto en el B.O.E., mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito. Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (art. 184.3 Ley Concursal). Valladolid, 25 de mayo de 2010.- El/La Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.