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Concurso de acreedores
ARALECTRA SOCIEDAD LIMITADA
CIF B35468628Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 3 — 26/09/2012 → 12/12/2023
- Procedimiento
- 59/2011
- Juzgado
- Mercantil - 1 · Juzgado de lo Mercantil N.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria
Cronología del expediente
- Apertura de liquidación12/12/2023⚖️ Mercantil - 1Proc. 59/2011Juez : ALBERTO LÓPEZ VILLARRUBIAAuto 21/11/2023
Auto de fecha 21/11/2023 por el que se ha acordado de oficio, conforme al art. 409 del TRLC, la apertura de la fase de liquidación del concurso, con los efectos previstos en los artículos 411 y siguientes del TRLC.
- Apertura de liquidación11/12/2023⚖️ Mercantil - 1Proc. 59/2011Juez : ALBERTO LÓPEZ VILLARRUBIAAuto 21/11/2023
Se ha dictado el día 21/11/2023, de oficio, resolución declarando la finalización de la fase común
- Declaración de concurso26/09/2012⚖️ Juzgado de lo Mercantil N.º 1 de Las Palmas de Gran CanariaAuto 13/09/2012
Doña María Victoria Basanta Eiras, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil N.º 1 de Las Palmas de Gran Canaria, Por el presente se hace saber: Que en el procedimiento concursal número 0000059/2011, seguido en virtud de la declaración de concurso de Aralectra, S.L. y CIF n.º B35468628, se ha presentado el informe de la Administración Concursal al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal, junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. Dentro del plazo de diez días, a contar desde la notificación a quienes se hayan personado en autos y para el resto de los interesados se computará desde la última publicación de las previstas en el Tablón de anuncios del Juzgado y en el Registro Público Concursal previsto en el art. 198 de la Ley Concursal y en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil. Para realizar dichas impugnaciones se necesita valerse de Abogado y Procurador. Las Palmas de Gran Canaria, 13 de septiembre de 2012.- La Secretaria Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.