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Concurso de acreedores
ARAGONESA DE PLASTICOS MOLDEADOS SOCIEDAD ANONIMA
CIF A50737170Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 4 — 14/11/2013 → 18/10/2022
- Procedimiento
- 481/2013
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 11 DE MADRID
Cronología del expediente
- Otro acto concursal18/10/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 11 DE MADRID Proc. 481/2013Juez : CARMEN ROSA DEL PINO ABRANTEAuto 07/06/2022
comunicación al Juzgado del inicio de negociaciones con los acreedores por parte los deudores D. JOSE MANUEL ZAMORA MELIÁN y DÑA. CARMEN RAQUEL HERNANDEZ HERNANDEZ
- Otro acto concursal18/10/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 11 DE MADRID Proc. 481/2013Juez : CARMEN ROSA DEL PINO ABRANTEAuto 07/06/2022
la comunicación del inicio de negociaciones con los acreedores por parte de D. JOSMAN JOSÉ CRUZ CASTILLO para consecución de las adhesiones necesarias para la admisión de una propuesta anticipada de convenio en un procedimiento
- Conclusión del concurso18/10/2022⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 11 DE MADRID Proc. 481/2013Juez : RAFAEL PONCE CUELLARAuto 07/06/2022
Declaro a JUAN CASTILLO HARILLO en concurso de acreedores consecutivo; que serà tramitado por el procedimiento abreviado, en relación con las especialidades del concurso consecutivo.
- Declaración de concurso14/11/2013⚖️ MADRIDProc. 481/2013Auto 17/10/2013
Edicto Doña M.ª Luisa Pariente Vellisca, Secretario del Juzgado de lo Mercantil número 11 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1.- Que en el concurso número de autos 481/2013, con número de identificación general del procedimiento 28079 1 0006378/2013, por auto de 17 de octubre de 2013, se ha declarado en concurso voluntario, tramitado como abreviado, a Aragonesa Plásticos Moldeados, S.A., con CIF A-50737170, y domiciliado en Polígono Malpica, Santa Isabel, C/F, Oeste, nave 53, de Zaragoza. 2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el artículo 85 de la LC, en el plazo de un mes, desde el día que en que se les realice la comunicación por la administración concursal o bien en el supuesto de que no se haya realizado, desde el día siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del auto de declaración de concurso 3.- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la administración concursal. Que el deudor queda suspendido en sus facultades de disposición y administración de su patrimonio, siendo sustituido en las mismas por la administración concursal. 4.- La identidad de la administración concursal es doña Dolores Alemany Pozuelo el domicilio postal de la misma sito en P.º de la Castellan,a n.º 122, 1.º D, de Madrid, y la dirección electrónica [email protected], ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 85 de la LC, haciéndoseles saber que los presentados en este Juzgado se tendrán por no comunicados. Las comunicaciones de créditos efectuadas ante este Juzgado se tendrán por no realizadas. 5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de abogado y procurador presentando escrito de forma separada al de comunicación de crédito ante este Juzgado. Madrid, 24 de octubre de 2013.- Secretario judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.