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Concurso de acreedores
ARAGON NAVARRA DE GESTION SL EN LIQUIDACION
CIF B99217671Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 8 — 23/11/2021 → 01/12/2023
- Procedimiento
- 512/2022
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 6 DE MADRID · Mercantil - 6
Cronología del expediente
- Apertura de liquidación01/12/2023⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 6 DE MADRID Proc. 512/2022Auto 18/09/2023
Auto de apertura de la fase de liquidación
- Declaración de concurso01/12/2023⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 6 DE MADRID Proc. 512/2022Auto 30/03/2023
Auto de declaración de concurso
- Apertura de liquidación18/09/2023⚖️ Mercantil - 6Proc. 512/2022Juez : FRANCISCO JAVIER VAQUER MARTINAuto 18/09/2023
Apertura de la fase de liquidación a solicitud de la Administración Concursal
- Otro acto concursal17/08/2023⚖️ Mercantil - 6Proc. 512/2022Juez : FRANCISCO JAVIER VAQUER MARTINAuto 28/07/2023
Informe Provisional
- Otro acto concursal13/04/2023⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 6 DE MADRID Proc. 512/2022Juez : Helena Agustí PonsAuto 30/03/2023
1.-Por presentado escrito de fijación de honorarios 2.- Se acuerda la publicación del mismo y la puesta de manifiesto en la Secretaria del Juzgado
- Declaración de concurso13/04/2023⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 6 DE MADRID Proc. 512/2022Juez : TOMAS BURILLO SERRANOAuto 30/03/2023
Declara concurso consecutivo de Francess Javier Calvet Estella y conclusión por falta de masa y nombra administrador judicial a Arturo Sanz Ibañez
- Declaración de concurso31/03/2023⚖️ MERCANTIL - 6Proc. 512/2022Juez : FRANCISCO JAVIER VAQUER MARTINAuto 30/03/2023
Auto de declaración de concurso
- Otro acto concursal23/11/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 6 DE MADRID Proc. 512/2022Juez : JORGE CUELLAR OTONAuto 30/03/2023
Se podrá formular oposición razonada a la aprobación de la rendición de cuentas dentro del plazo de quince días. Se adjunta al presente, escrito de rendición de cuentas conforme al Art. 478.3 del TRLC
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.