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Concurso de acreedores
ARAGON DURAN CONSTRUCCIONES SL
CIF B85594299Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 6 — 04/03/2019 → 19/04/2021
- Procedimiento
- 89/2019
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 10 DE MADRID · Juzgado de lo Mercantil nº 10 de Madrid
Cronología del expediente
- Otro acto concursal19/04/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 10 DE MADRID Proc. 89/2019Juez : FATIMA PELAEZ RIUSAuto 07/04/2021
AUTO DECLARACION CONCURSO
- Otro acto concursal19/04/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 10 DE MADRID Proc. 89/2019Juez : FRANCISCO JULIAN HINOJAL GIJÓNAuto 07/04/2021
Auto declaración concurso
- Otro acto concursal14/04/2021⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 10 de MadridProc. 89/2019Auto 07/04/2021
Edicto. Dª. Yolanda Peña Jiménez, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 10 de Madrid, anuncia: 1º Que en el Concurso Abreviado nº 89/2019 por Auto de fecha 7 de abril de 2021 se ha decretado la conclusión y archivo del concurso por insuficiencia de la masa activa de la concursada Aragón Durán Construcciones, S.L., con CIF Nº B85594299 para la satisfacción de los créditos contra la masa según el art. 473 del TRLC. 2º Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación, en su caso. 3º Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo ordenado en el art. 485, declarar su extinción. Madrid, 7 de abril de 2021.- Letrada de la Administración de Justicia, Yolanda Peña Jiménez.
- Otro acto concursal17/10/2020⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 10 de MadridProc. 89/2019Auto 13/10/2020
Edicto. Yolanda Peña Jiménez, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 10 de Madrid, hace saber: 1.- Que en el concurso número de autos 89/2019, por Auto de 13 de octubre de 2020, se ha acordado continuar con la tramitación del concurso voluntario, que se tramitará por el procedimiento abreviado de Aragón Durán Construcciones, S.L., con CIF B-85594299, domiciliada en la Calle Bucraa, nº 45, 2º C, de Alcorcón, Madrid, 28922. 2.- Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en los artículos 255 y siguientes del TRLC, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 3.- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, intervenidas por la Administración concursal. 4.- La identidad de la Administración concursal es la del abogado D. Eduardo Magri Almirall, domicilio postal en Calle José Abascal, 44, 1º, 28003 de Madrid y la dirección de correo electrónico [email protected], ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con los artículos 255 y siguientes del TRLC, en cualquiera de las direcciones. 5.- Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado Madrid, 13 de octubre de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Yolanda Peña Jiménez.
- Conclusión del concurso16/10/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 10 DE MADRID Proc. 89/2019Juez : CRISTINA MARTINEZ GARCIAAuto 07/04/2021
QUE POR PROVIDENCIA 30 DE SEPTIEMBRE 2020 QUE NO ES FIRME SE ANUNCIA LA PRESENTACION POR PARTE DE LA ADMINISTRACION CONCURSAL DEL INFORME PROVISIONAL
- Conclusión del concurso04/03/2019⚖️ MADRIDProc. 89/2019Auto 26/02/2019
E D I C T O Yolanda Peña Jiménez, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 10 de Madrid, Anuncia: Que en el procedimiento Concurso Abreviado 89/2019 por Auto de fecha 26 de febrero de 2019 se ha decretado la declaración y conclusión del Concurso de la entidad Aragón Durán Construcciones, S.L., CIF B-85594299, por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa (art.176 bis 4 Ley concursal). Madrid, 26 de febrero de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Yolanda Peña Jiménez.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.