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Concurso de acreedores

APRENDELO INTERNET SL

CIF B85820637Ver la ficha de la empresa →

Publicaciones
4 — 07/02/2015 → 08/09/2020
Procedimiento
764/2014
Juzgado
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 4 DE MADRID · Juzgado de lo Mercantil 4 de Madrid

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal08/09/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 4 DE MADRID Proc. 764/2014Auto 25/02/2020

    Cese de Administrador concursal

  2. Conclusión del concurso08/09/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 4 DE MADRID Proc. 764/2014Juez : FATIMA DURAN HINCHADOAuto 25/02/2020

    Auto de conclusión de concurso

  3. Apertura de liquidación03/09/2020
    ⚖️ MADRIDProc. 764/2014Auto 25/02/2020

    Edicto. Doña María Jesús Rodríguez Fernández, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil, n.º 4, de Madrid, Hace saber: Que en el procedimiento arriba indicado, Concurso Abreviado 764/2014, se dictó Auto de fecha 25 de febrero de 2020, por el que se ha declarado concluso por finalización de la fase de liquidación de Aprendelo Internet, S.L., con CIF n.º B85820637, y con domicilio Av. Santuario de Valverde, 83 G, C.P. 28049 Madrid (Madrid). La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art.177.1 LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. Madrid, 25 de febrero de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, María Jesús Rodríguez Fernández.

  4. Otro acto concursal07/02/2015
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil 4 de MadridProc. 764/2014Auto 22/01/2015

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil 4 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1º.- Que en el procedimiento número 764/2014, por auto de 22 de enero de 2015 se ha declarado en concurso voluntario al deudor Apréndelo Internet, S.L., CIF B85820637, con domicilio en la Avda. Santuario de Vlverde, n.º 83 G, 28049 Madrid que coincide con el centro de sus principales intereses. 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3º.- Que designa administración concursal a D. Santiago Guillen Grech, DNI 29197753N. Señala despacho para el ejercicio del cargo en la localidad de Madrid, donde los acreedores deberán comunicar directamente sus créditos, en la Calle General Martínez Campos, nº 15, 5º, CP 28010 y correo electrónico: [email protected]. 4º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con lo datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es de de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en el Boletín Público Concursal. 5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 23 de enero de 2015.- El/La Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.