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Concurso de acreedores

APLUSFACTORY PROJECTS, SOCIEDAD LIMITADA EN LIQUIDACION

CIF B76213073Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
611/12/202013/12/2022
Procedimiento
399/2020 · 22/2003
Juzgado
MERCANTIL - 2 · JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA · Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Las Palmas de Gran Canaria

Cronología del expediente

  1. Apertura de liquidación13/12/2022
    ⚖️ MERCANTIL - 2Proc. 399/2020Juez : Guillermo Frnández GarcíaAuto 02/12/2022

    Que en el procedimiento concursal número 0000399/2020, en el que figura como concursado APLUSFACTORY PROJECTS, S.L., con CIF/NIF B76213073, se ha dictado el día 2/12/22 auto de aprobación del plan de liquidación

  2. Apertura de liquidación29/12/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA Proc. 399/2020Auto 01/09/2020

    Auto de apertura de la fase de liquidación

  3. Otro acto concursal29/12/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA Proc. 399/2020Auto 01/09/2020

    Nombramiento de Administrador concursal

  4. Otro acto concursal29/12/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA Proc. 399/2020Auto 01/09/2020

    Resolución sobre las facultades de administración

  5. Declaración de concurso29/12/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE LAS PALMAS DE GRAN CANARIA Proc. 399/2020Auto 01/09/2020

    Auto de declaración de concurso

  6. Declaración de concurso11/12/2020
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Las Palmas de Gran CanariaProc. 22/2003Auto 01/09/2020

    Doña Elena Luri Rodríguez, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Las Palmas de Gran Canaria, por el presente, Hace saber: Que en el procedimiento concursal 0000399/2020, seguido a instancias del Procurador don José Javier Fernández Manrique de Lara, en nombre y representación de Aplusfactory Projects, S.L., se ha dictado Auto el día 1 de septiembre de 2020, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos: Se declara el concurso y la apertura de la fase de liquidación de Aplusfactory Projects, S.L., con CIF n.º B76213073, el que se tramitará por el procedimiento abreviado. A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario. Conforme prevé el artículo 23 de la Ley concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal y, en tanto se produce la reglamentación de dicho órgano, se publicará en el Boletín Oficial del Estado, y en el Tablón de anuncios de este Juzgado. Se designa como Administrador del concurso a don Lorenzo López Santana, como Economista, el cual ha designado como domicilio postal la avenida Touroperador Cosmos 18, San Bartolomé de Tirajana, nº móvil 653910375, nº fax 928262195, y con correo electrónico a efecto de comunicaciones: [email protected] En cuanto a los efectos sobre las facultades de administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, se acuerda la suspensión y se declara la disolución y en su caso el cese de los administradores o liquidadores que serán sustituidos por los Administradores concursales. Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de UN MES a contar desde el siguiente a la publicación en el Boletín Oficial del Estado del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el artículo 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el artículo 85 de la mentada Ley. Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el artículo 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto. Las Palmas de Gran Canaria, 4 de diciembre de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Elena Luri Rodríguez.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.