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Concurso de acreedores
APARISI Y COMPAÑIA SL
CIF B03053741Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 3 — 23/09/2017 → 31/10/2019
- Procedimiento
- 10/2019 · 437/2017
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Alicante
Cronología del expediente
- Declaración de concurso31/10/2019⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 2 de AlicanteProc. 10/2019Auto 17/10/2019
Dña. Pilar Solanot García, Letrada de la Admón. de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Alicante, por el presente, Hago saber: Que en el procedimiento concurso abreviado [CNA] - 000437/2017 - D sobre declaración de concurso de la mercantil, Aparisi y Cía, S.L., con C.I.F. número B03053741, con domicilio en Calle Partida Sembenet s/n. Alcoy, se ha dictado auto de fecha 17/10/2019, que contiene, entre otros, los siguientes pronuniciamientos: 1.- Concluir el presente procedimiento concursal por estar en el supuesto de insuficiencia de bienes y derechos para atender los créditos contra la masa. 2.- Cesar las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistente, salvo las que estén contenidas en la sentencia firme de calificación. 3.- Dar curso a la extinción de la entidad y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se expídanse los correspondiente mandamientos, firme la resolución, adjuntándose a los mismos testimonio de la presente resolución. 4.- Aprobar la rendición de cuentas de la administración concursal. 5.- Cesar la Administración concursal en el ejercicio de su cargo. 6.- La presente resolución se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de esta Ley y se dará a la misma la publicidad prevista en el artículo 24. El cómputo de los plazos que se contengan en esta resolución y/o los plazos para la interposición de los recursos contra la misma en caso de no ser firme, se iniciarán para las partes personadas en el procedimiento desde su notificación por lexnet y para los no personados desde su publicación en el RPC. MODO DE IMPUGNACIÓN: no cabe recurso alguno. Alicante, 17 de octubre de 2019.- La Letrada de la Administración de Justicia, Pilar Solanot García.
- Convenio de acreedores06/03/2018⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de AlicanteProc. 437/2017Auto 05/04/2018
D.ª Pilar Solanot García, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Alicante, por el presente Hago saber: Que en el procedimiento concurso abreviado n.º 437/2017, seguido frente a Aparisi y Cía, S.L., con domicilio en Calle Partida Sembenet, s/n, Alcoy, y C.I.F. número B03053741, inscrita en el Registro Mercantil de esta provincia, se ha dictado resolución de fecha 26/01/2018, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor literal: 1.- Se declara la terminación de la fase común del concurso. 2.- Se acuerda la apertura de la fase de convenio, procediéndose a formar la sección quinta del concurso. 3.- Se convoca la Junta de acreedores. 4.- Consultada la agenda de señalamientos, se pone en mi conocimiento por la Letrada, que la junta de acreedores se celebrará el próximo 05 de abril de 2018, a las 10h15 horas en la sala de audiencias de este Juzgado (Sala n.º 9 sita en la 1.ª planta), publicándose edictos en el tablón de anuncios de este Juzgado y en el BOE, éste último de forma urgente y gratuita, debiendo aportar poder suficiente para la asistencia y voto en la citada Junta." Alicante, 14 de febrero de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.
- Otro acto concursal23/09/2017⚖️ ALICANTEAuto 08/09/2017
Dña. María Pilar Solanot García, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante, Hago saber, que en este Juzgado se tramitan los autos de concurso abreviado - 000437/2017 - D en los que se ha dictado, con esta fecha, Auto declarando en estado de concurso voluntario a Aparisi y Cía., S.L., con domicilio en calle Partida Sembenet s/n. Alcoy, C.I.F. número B03053741, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante. Facultades: Se decreta la intervención de las facultades de administración de la mercantil concursada. Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la entidad concursada deberán poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación en el B.O.E. Identidad de la Admón. Concursal: D. José Francisco López Navarro, en su cualidad de abogado, y con domicilio en calle San Vicente Mártir, n.º 84, 3.º B. 46002 Valencia, teléfono n.º 963.51.88.53 y fax n.º 963.94.03.63 y correo electrónico: [email protected] Examen de los autos: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador y los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse. Alicante, 8 de septiembre de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.