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Concurso de acreedores
ANTONIO VALLS POL SL
CIF B63393169Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 5 — 08/05/2013 → 21/11/2023
- Procedimiento
- 187/2013
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 6 DE BARCELONA · Mercantil - 6
Cronología del expediente
- Otro acto concursal21/11/2023⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 6 DE BARCELONAProc. 187/2013Auto 18/10/2023
Cese de Administrador concursal
- Conclusión del concurso21/11/2023⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 6 DE BARCELONAProc. 187/2013Juez : JORGE BASTERRA PÉREZ DE LOS COBOSAuto 18/10/2023
Acuerdo: 1.- Declarar en concurso a D. VICTOR NEBON HUERTA, con DNI nº 22.684.875-K toda vez que ha sido acreditado su estado de insolvencia. 2.- Tener por personado en el presente concurso, en nombre y representación del concursado, al/la Procu
- Conclusión del concurso23/10/2023⚖️ Mercantil - 6Proc. 187/2013Juez : Cesar Suarez VazquezAuto 18/10/2023
AUTO CONCLUSION Y APROBACION RENDICION DE CUENTAS
- Otro acto concursal13/09/2023⚖️ Mercantil - 6Proc. 187/2013Juez : Cesar Suarez VazquezAuto 31/07/2023
INFORME CONCLUSION/RENDICION DE CUENTAS
- Otro acto concursal08/05/2013⚖️ BARCELONAProc. 187/2013Auto 05/04/2013
Edicto Secretario Judicial D. José Vela Pérez, del Juzgado Mercantil 6 de Barcelona, Hace saber: Que en los autos que se siguen en este Juzgado con el número 187/2013 se ha declarado, mediante auto de fecha 5 de abril de 2013, el concurso voluntario de Antonio Valls Pol, Sociedad Limitada, con número de identificación fiscal B-63393169, y domicilio en calle Soledat, número 48, de Igualada (Barcelona), en el que se ha decretado la suspensión de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, que se tramitará por los cauces del concurso abreviado. Los acreedores del concursado deberán comunicar sus créditos al administrador concursal designado doña Mercedes Esquerrá Andreu por medio de escrito que se presentará, personalmente, por vía postal en el domicilio del administrador concursal, sito en calle San Elías, 11-19, despacho 38, de Barcelona, o en la dirección electrónica designada por el administrador concursal [email protected] en el plazo de un mes, a contar desde la publicación en el Boletín Oficial del Estado del presente edicto. El escrito deberá ir firmado por el acreedor, interesado o representante, expresando domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, concepto y cuantía, fecha de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretende. Si se invocare un privilegio especial se indicarán, además, los bienes y derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se deberán acompañar originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito, o bien copia en forma electrónica caso de que se haya optado por este medio de comunicación. Los acreedores tienen derecho a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda y represente, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a juntas, debiendo efectuar, en su caso, la personación en el Servicio Común de los Juzgados Mercantiles. Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en el Registro Público Concursal. Barcelona, 5 de abril de 2013.- Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.