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Concurso de acreedores

ANTONIO HOMAR SL

CIF B07041064Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
209/08/201018/10/2012
Procedimiento
250/2010

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso18/10/2012
    ⚖️ PALMA DE MALLORCAProc. 250/2010Auto 08/10/2012

    Doña Paula Cristina de Juan Salvá, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Palma de Mallorca, Por la presente, hace saber: Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número 250/2010 sobre concurso voluntario de acreedores se ha dictado auto con fecha 5/10/2012, en el que se acuerda: La conclusión del concurso de "Antonio Homar, S.L.", con CIF B07041064, la disolución de la mercantil y el archivo de las actuaciones. Palma de Mallorca, 8 de octubre de 2012.- La Secretaria Judicial.

  2. Declaración de concurso09/08/2010
    ⚖️ PALMA DE MALLORCAProc. 250/2010Auto 22/07/2010

    Edicto Doña Paula Cristina de Juan Salva, Secretaria Judicial del Jdo Mercantil nº 2 de Palma de Mallorca, Por el presente, hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este Juzgado con el nº sección I declaración concurso 250/2010 se ha dictado a instancias de Antonio Homar, S.L., en fecha 21/07/10 auto de declaración de concurso voluntario de Antonio Homar, S.L., con CIF B07041064, cuyo centro de principales intereses lo tiene en Palma. 2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición por la Administración concursal. 3.º Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley concursal. Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 ley concursal) Palma de mallorca, 22 de julio de 2010.- La Secretaria judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.