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Concurso de acreedores
ANTIDESGAST SA
CIF A08410078Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 29/06/2016 → 11/12/2018
- Procedimiento
- 337/2016
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona
Cronología del expediente
- Otro acto concursal11/12/2018⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de BarcelonaProc. 337/2016Auto 14/11/2018
Don Gaspar Caballero Ochoa, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona, Hago saber: Que en el concurso abreviado 337/2016 se dictó un auto por el que se ha declarado concluso el concurso de Antidesgast, S.A., con NIF A08410078, con domicilio en Avenida Països Catalans, Pol.Ind.Molí d'en Fonolleda, nave 17, 08186- Lliçà D'Amunt. La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art.177.1 LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. Barcelona, 14 de noviembre de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia, Gaspar Caballero Ochoa.
- Declaración de concurso29/06/2016⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de BarcelonaProc. 337/2016Auto 07/06/2016
D. Francisco Velasco García-Plata, Letrado de la Administración de Justicia sustituto del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona. Hago saber: que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 337/2016, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad Antidesgast, S.A. y ordenando darle publicidad con los siguientes datos: Número de Asunto.-Concurso Voluntario 337/2016 Sección C5. Nig del procedimiento.-08019-47-1-2016-8001457. Entidad concursada.-Antidesgast, S.A., con CIF n.º A08410078. Tipo de concurso.-Voluntario. Fecha del auto de declaración.-7 de junio de 2016. Administrador concursal.-La sociedad Monereo Meyer Marinel.lo Resolvenz, S.L.P., que designa a David Grasa Graell (abogado), con correo electrónico [email protected], domicilio Pg. de Gracia, 98, 3.º, 08008 (Barcelona) y n.º de teléfono 934875894. Facultades del concursado.-Intervenidas Forma de personación.-Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al 85 LC los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán las bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los autos.-Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse. Barcelona, 14 de junio de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia Sust.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.