InicioJusticiaSOCIEDAD ANONIMA ASTOR CAR

Concurso de acreedores

SOCIEDAD ANONIMA ASTOR CAR

CIF A08233835Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
130/10/201230/10/2012
Procedimiento
557/2012
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Barcelona

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal30/10/2012
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de BarcelonaProc. 557/2012Auto 09/10/2012

    Edicto Don José María Valls Soriano, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de los de Barcelona y provincia, Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 557/2012-BR en el que se ha dictado con fecha 06/09/2012 auto declarando en estado de concurso a la entidad Sociedad Anónima Astor Car, con CIF A-08233835, y mandando darle publicidad con los siguientes datos: Nig del procedimiento: 08019 - 47 -1 - 2012 - 8003833. Tipo de concurso: Voluntario. Concursada: Sociedad Anónima Astor Car, con domicilio en c. Bruch n.º 13, 08010, Barcelona. Administrador concursal: Don Alejandro Palomar Maristany, con domicilio en Josep de Peray, n.°19, bajos 2.ª, 08173, de Sant Cugat del Valles, telf. 676.468.378, fax. 93.209.49.24, con correo electrónico [email protected]. Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 de la Ley Concursal: Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse. Barcelona, 9 de octubre de 2012.- El Secretario Judicial, José María Valls Soriano.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.