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Concurso de acreedores

ANGELA MORENO VADILLO SL

CIF B14573224Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
325/02/201506/02/2020
Procedimiento
1333/2014
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Córdoba

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso06/02/2020
    ⚖️ CÓRDOBAAuto 16/12/2019

    El Juzgado de lo Mercantil de Córdoba, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 23 de la Ley Concursal (LC), Anuncia 1º.- Que en el procedimiento número 1333/14 por auto de 16 de diciembre de 2019 se ha declarado la conclusión del concurso seguido en este Juzgado a la deudora ÁNGELA MORENO VADILLO, S.L., con cif B14573224 y domicilio en Polígono de Chinales, calle Profesor Arnold J. Toybee, nave 28. 2º.- Se acuerda la extinción de la entidad ÁNGELA MORENO VADILLO, S.L., y en consecuencia el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil de Córdoba y el cese de los Administradores concursales. 3º.- Se aprueba la rendición de cuentas realizada por la Administración concursal. Córdoba, 18 de diciembre de 2019.- Letrada de la Administración de Justicia, Elena Colorado Gámez.

  2. Otro acto concursal13/06/2015
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 1 de CórdobaProc. 1333/2014Auto 11/05/2015

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Córdoba, anuncia: 1.- Que en el procedimiento concursal número 1333/2014, referente al deudor Ángela Moreno Vadillo, S.L., con CIF nº B14573224, se ha presentado el informe provisional de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. 2.- Las partes no personadas y que se vean afectados como acreedores podrán impugnar el inventario de bienes y la lista de acreedores dentro del plazo de diez días a contar desde la publicación de la presente. Córdoba, 11 de mayo de 2015.- El/La Secretario Judicial.

  3. Declaración de concurso25/02/2015
    ⚖️ CÓRDOBAProc. 1333/2014Auto 03/02/2015

    Edicto El Juzgado de lo Mercantil de Córdoba, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1. Que en el procedimiento número 1333/2014, con NIG 1402142M20140001408 por auto de 3 de febrero de 2015, se ha declarado en concurso voluntario abreviado al deudor Ángela Moreno Vadillo, S.L., con CIF n.º B14573224, y con domicilio social en polígono de Chinales, calle Profesor Arnold J,. Toymbee nave 28 Córdoba España y domicilio de la actividad en calle Islandia n.º 7-8, del Parque Tecnológico de Córdoba, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Córdoba. 2. Que el deudor ha solicitado la liquidación de la sociedad, y ha sido abierta la fase de liquidación junto con la declaración de concurso, por lo que se ha acordado abrir la fase de liquidación a petición del deudor. 3. Igualmente, se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio, siendo sustituido por la administración concursal. Se ha declarado disuelta la Sociedad Limitada Ángela Moreno Vadillo, cesando en su función sus administradores, que serán sustituidos por la administración concursal. 4. Los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la L.C. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido don José María Escudero Santos, economista, con dirección de correo electrónico en [email protected] y dirección postal en calle Ramírez de las Casa Deza n.º 18, 14001, Córdoba. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 5. Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Córdoba, 5 de febrero de 2015.- El/La Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.