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Concurso de acreedores

ANABEL MAS MADERA SL

CIF B83208033Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
228/02/201225/06/2012
Juzgado
juzgado de lo Mercantil n.º 7 de Madrid

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal25/06/2012
    ⚖️ juzgado de lo Mercantil n.º 7 de MadridAuto 13/06/2012

    Edicto Doña Virginia Montejo Labrada, Secretaria del juzgado de lo Mercantil n.º 7 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (L.C), anuncia: 1. Se declara concluso el concurso de acreedores de la entidad Anabel Mas Madera, S.L., con CIF: B-83208033, el cual queda responsable del pago de los créditos restantes, pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares. 2. Quedan sin efecto y se alzan las limitaciones de administración y disposición del deudor que vinieron en su día acordadas y se cesa a la administración concursal debiendo devolver su credencial. 3. Se acuerda la extinción de la entidad Anabel Mas Madera, S.L., decretándose la cancelación de su hoja registral. 4. Se aprueban las cuentas rendidas por la administración concursal. Madrid, 13 de junio de 2012.- La Secretaria.

  2. Otro acto concursal28/02/2012
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de MadridAuto 15/02/2012

    Edicto Doña Virginia Montejo Labrada, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (L.C.). Anuncia: 1.-Se declara concluso el concurso de acreedores de la entidad Anabel Mas Madera, S.L., con CIF: B-83208033, el cual queda responsable del pago de los créditos restantes, pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares. 2.-Quedan sin efecto y se alzan las limitaciones de administración y disposición del deudor que vinieron en su día acordadas y se cesa a la administración concursal debiendo devolver su credencial. 3.-Se acuerda la extinción de la entidad Anabel Mas Madera, S.L., decretándose la cancelación de su hoja registral de inscripción. 4.-Se aprueban las cuentas rendidas por la administración concursal. Madrid, 15 de febrero de 2012.- La Secretaria.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.