InicioJusticiaAmell Punt Inversor, S.L

Concurso de acreedores

Amell Punt Inversor, S.L

CIF B63173223Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
212/07/201119/03/2016
Procedimiento
280/2011

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal19/03/2016
    ⚖️ GIRONAAuto 13/01/2016

    Don José Antonio Marquínez Beitia, Letrado de la AdmInistración de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 1 de Girona, Hago saber: Que en el concurso voluntario abreviado n.º 280/11, se ha acordado mediante auto de fecha 11.01.16 el archivo por inexistencia de bienes y derechos del concurso voluntario de la mercantil Amell Punt Inversor, S.L. con CIF B-63173223, con domicilio en c/Ter s/n del polígono industrial de Celrà (Girona). Y para que sirva de publicidad a los efectos prevenidos en el art. 177.3 de la LC en relación con el segundo párrafo del art. 23 de la ley concursal, expido el presente. Girona, 13 de enero de 2016.- El Letrado de la Administración de Justicia.

  2. Otro acto concursal12/07/2011
    ⚖️ GIRONAProc. 280/2011Auto 20/06/2011

    Edicto. El Juzgado Mercantil 1 de Girona, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 280/2011 concurso voluntario, por auto de 20.6.2011 se ha declarado en concurso voluntario a la mercantil deudora "Amell Punt Inversor, S.L.", con Cif n.º B-63173223, y domicilio en Celrà, calle Ter, s/n, polígono industrial y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Celrà. 2.º Que los acreedores de la concursada deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo de esta comunicación es el de quince días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el "Boletín Oficial del Estado". 3.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). 4.º Que la concursada conserva las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de la Administradora concursal, mediante su autorización o conformidad. Girona, 20 de junio de 2011.- El Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.