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Concurso de acreedores

AMAVICO INMUEBLES SL

CIF B63999965Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
224/11/201811/10/2019
Procedimiento
811/2018
Juzgado
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 9 DE BARCELONA · Juzgado de lo Mercantil n.º 09 de Barcelona
Administración concursal
AUDILEGEM LEGAL AND CONSULTING SERVICES, S.L

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal11/10/2019
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 9 DE BARCELONAProc. 811/2018Juez : D. Andres Sánchez MagroAuto 17/10/2018

    PLAN DE LIQUIDACIÓN

  2. Declaración de concurso24/11/2018
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 09 de BarcelonaProc. 811/2018Auto 29/10/2018

    Francesc Xavier Rafi Roig, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 09 de Barcelona al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial, hago saber: Número de asunto: Concurso abreviado 811/2018: C1. NIG: 0801947120178002927. Fecha del auto de declaración: 17/10/18. Clase de concurso: Abreviado. Entidad concursada: AMAVICO INMUEBLES, S.L., con CIF B63999965, con domicilio en calle Santiago Rusiñol, 14, de Polinyà (Barcelona). Administradores concursales. Se ha designado como administrador concursal: AUDILEGEM LEGAL AND CONSULTING SERVICES, S.L. (antes denominada AUDILEGEM BCN, S.L.), quien designa a JAVIER MARTINEZ CAÑUELO. Dirección postal: Córsega, 299, 3-3 08008 de Barcelona. Dirección electrónica: [email protected] Régimen de las facultades del concursado: Suspendidas. Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 85 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un mes a contar desde la publicación. La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Avenida Gran Via de les Corts Catalanes, 111, (Edifici C) – Barcelona. Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de procurador y asistidos de abogado (art. 184.3 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles. Barcelona, 29 de octubre de 2018.- El Letrado de la Administracion, Francesc Xavier Rafi Roig.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.