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Concurso de acreedores

AMA LOGISTICA SL

CIF B73079337Ver la ficha de la empresa →

Publicaciones
6 — 19/07/2019 → 11/12/2019
Procedimiento
366/2019
Juzgado
MERCANTIL - 2 · Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Murcia

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal11/12/2019
    ⚖️ MERCANTIL - 2Proc. 366/2019Juez : JAVIER QUINTANA ARANDAAuto 10/12/2019

    APROBACION DEL PLAN DE LIQUIDACION DEL CONCURSO DE AMA LOGISTICA S.L. (366/19) ACUMULADO AL CONCURSO 404/17

  2. Otro acto concursal14/10/2019
    ⚖️ MERCANTIL - 2Proc. 366/2019Juez : NO ASIGNADO LAJ ANA ISABEL GONZALEZ PEINADOAuto 11/10/2019

    PLAN LIQUIDACIÓN

  3. Otro acto concursal14/10/2019
    ⚖️ MERCANTIL - 2Proc. 366/2019Juez : NO DESIGNADO LAJ ANA ISABEL GONZALEZ PEINADOAuto 11/10/2019

    INVENTARIO 191 LC E INFORME ART 75 LC

  4. Declaración de concurso25/07/2019
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de MurciaProc. 366/2019Auto 19/07/2019

    Doña Ana Isabel González Peinado, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Murcia, por el presente, Hago saber: 1.º- Que en Sección I Declaración Concurso 366/2019 seguido en este órgano judicial con NIG 30030 47 1 2019 0000745 se ha dictado en fecha 19 de julio de 2019, Auto de declaración de concurso voluntario abreviado de Ama Logística, S.L., con CIF B73079337, cuyo centro de intereses principales lo tiene en calle Federico García Lorca, bajo, edificio Monte VI, Beniaján. 2.º- Se ha acordado la suspensión de las facultades de Administración y disposición que seguirá ejerciendo el deudor. Se ha designado, como Administración Concursal a Administradores Concursales Independientes de Murcia, S.L.P., quien ha designado como persona natural para desempeñar el cargo de administrador concursal a Carlos Laorden Arnao, y domicilio en c/ Villaleal, n.º 2,7.º A(30001-MURCIA), teléfono 968217462 y correo electrónico [email protected] para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3.º- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el "Boletín Oficial del Estado". 4.º- No se admitirán las comunicaciones de créditos que se presenten en este Juzgado, ni en la Oficina de registro de la Ciudad de la Justicia. 5.º- La dirección electrónica donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso es en el Registro Público Concursal: https://www.publicidadconcursal.es/concursal-web/. Murcia, 19 de julio de 2019.- La Letrada de la Administración de Justicia, Ana Isabel González Peinado.

  5. Apertura de liquidación19/07/2019
    ⚖️ MERCANTIL - 2Proc. 366/2019Juez : FRANCISCO CANO MARCOAuto 19/07/2019

    AUTO APERTURA FASE LIQUIDACION

  6. Declaración de concurso19/07/2019
    ⚖️ MERCANTIL - 2Proc. 366/2019Juez : FRANCISCO CANO MARCOAuto 19/07/2019

    AUTO DECLARACION CONCURSO

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.