InicioJusticiaALUMINIOS CARMADAY, S.L

Concurso de acreedores

ALUMINIOS CARMADAY, S.L

CIF B12391793Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
110/04/201410/04/2014
Procedimiento
03/2014

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal10/04/2014
    ⚖️ CASTELLÓN DE LA PLANAProc. 03/2014Auto 27/03/2014

    Edicto. Don Jorge González Rodríguez, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número uno de Castellón, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, Hago saber: Primero: Que por Auto de fecha 18/03/2014, dictado en el procedimiento de Concurso Abreviado, n.º 000463/2013, N.I.G. n.º 12040-66-2-2013-0000523, seguido en este Juzgado, se ha declarado en concurso voluntario y abreviado al deudor "Aluminios Carmaday, S.L.", domiciliado en calle Blasco Ibáñez, 60, Vall D'Uixo y C.I.F./D.N.I. número B12391793. Segundo: Que se ha determinado el régimen de intervención de las facultades de administración y disposición de su patrimonio por el concursado. Tercero: Que se ha designado como Administrador/es Concursal/es a don Antonio Ballester Sánchez, con domicilio en Castellón, calle Enmedio, n.º 52, izq., de 12.001 Castellón de la Plana y dirección electrónica antonio.balles [email protected], a través de los cuales podrán los acreedores, a su elección, efectuar la comunicación de sus créditos, de conformidad con el artículo 85 LC. Cuarto: Que el plazo para comunicar los créditos a la administración concursal será de un mes a contar desde el siguiente a la publicación del presente en el Boletín Oficial del Estado. Quinto: La comparecencia en el procedimiento, mediante escrito al efecto dirigido a este Juzgado, deberá realizarse mediante representación por Procurador/a y asistencia de Letrado/a, sin perjuicio de lo previsto para la representación y defensa de los trabajadores y de las Administraciones Públicas. Castellón, 27 de marzo de 2014.- Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.