Concurso de acreedores
ALUMIHER SL
CIF B61132627Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 09/04/2012 → 01/07/2017
- Procedimiento
- 113/2012
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de Barcelona
Cronología del expediente
- Otro acto concursal01/07/2017⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de BarcelonaProc. 113/2012Auto 31/03/2017
Edicto Don Rafael Huerta Garcia, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de Barcelona, Hago saber: Que en el concurso abreviado 113/2012 se dictó un auto de fecha 31 de marzo de 2017 por el que se ha declarado concluso el concurso de ALUMIHER, S.L., con NIF B61132627, con domicilio en Polígono Industrial Catex Vilapou Nau, 16, Olesa de Montserrat. La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1 LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. Barcelona, 8 de junio de 2017.- Letrado de la Administración de Justicia.
- Otro acto concursal09/04/2012⚖️ BARCELONAProc. 113/2012Auto 21/02/2012
Edicto. Doña Pilar Vives Requena, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 7 de los de Barcelona y provincia. Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el concurso 113/2012, en el que se ha dictado con fecha 21 de febrero de 2012, auto declarando en estado de concurso voluntario abreviado a la empresa Alumiher, S.L., con CIF número B-61132627, y domicilio en Olesa de Montserrat, Polígono Industrial Catex Vilapou, nave 16, con sus facultades intervenidas. Se ha nombrado Administrador Concursal a don Miguel Ángel Pazos Moya, abogado, quien en fecha 27 de febrero de 2012 ha aceptado el cargo. A efectos de comunicación de créditos se señala como dirección postal Diagonal, número 359, A pral., de 08037 Barcelona, y como dirección electrónica [email protected]. Plazo para comunicación de créditos: Treinta días, a partir de la publicación del presente edicto en el Boletín Oficial del Estado, dicha comunicación deberá hacerse a través de la dirección postal o electrónica antes señalada. Forma de personación: El derecho de los acreedores a comparecer y personarse en las actuaciones, designando abogado y procurador que les defienda y represente, salvo que pretendan exclusivamente comunicar sus créditos o asistir a Juntas, presentando escrito con tal fin y poder o realizando la designa apud-acta. Barcelona, 27 de febrero de 2012.- La Secretaria Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.