InicioJusticiaALTOS DE BENFERRI SL

Concurso de acreedores

ALTOS DE BENFERRI SL

CIF B53416426Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
610/04/201412/11/2021
Procedimiento
160/2014
Juzgado
MERCANTIL - 3 · JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE ALICANTE
Administración concursal
Que ha sido nombrada la sociedad ABP INSOLVENCIAS, S.L.P.

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso12/11/2021
    ⚖️ MERCANTIL - 3Proc. 160/2014Juez : JORGE CUELLAR OTONAuto 13/10/2021

    SE DECLARA CONCLUIDO EL CONCURSO DE ACREEDORES DE LA MERCANTIL ALTOS DE BENFERRI S.L. EL CUAL QUEDA RESPONSABLE DEL PAGO DE LOS CREDITOS RESTANTES, PUDIENDO LOS ACREEDORES INICIAR EJECUCIIONES SINGULARES.

  2. Otro acto concursal26/02/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE ALICANTE Proc. 160/2014Juez : SOFIA GIL GARCIAAuto 06/10/2021

    EDICTO INFORME PROVISIONAL

  3. Otro acto concursal26/02/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE ALICANTE Proc. 160/2014Juez : Montserrat Morera RansanzAuto 06/10/2021

    Declaro a NAUMANN ROAD CAFÉ SLU en concurso de acreedores voluntario y, al mismo tiempo, acuerdo su conclusión y el archivo de las actuaciones por insuficiencia de masa activa.

  4. Conclusión del concurso26/02/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 3 DE ALICANTE Proc. 160/2014Juez : MARIA DOLORES DE LAS HERAS GARCIAAuto 06/10/2021

    RETRIBUCION DEFINITIVA

  5. Apertura de liquidación05/08/2014
    ⚖️ ALICANTEAuto 15/07/2014

    E D I C T O Don Jorge Cuéllar Otón, Secretario del Juzgado de lo Mercantil numero 3 de Alicante, sede en Elx, por el presente hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso Abreviado Voluntario - 000160/2014, siendo la concursada Altos de Benferri, S.L., con C.I.F./N.I.F. número B-53416426, con domicilio en Avenida Teodomiro, 56, Entlo Orihuela (Alicante), en el que se ha dictado decreto de fecha 15.7.14 que contiene los siguientes pronunciamientos: 1. Abrir la fase de liquidación del presente concurso. 2. Quedar en suspenso durante la fase de liquidación las facultades de administración y disposición del concursado sobre su patrimonio con todos los efectos establecidos en el Título III de la LC. 3. Se declara la disolución de la mercantil y el cese de los administradores o liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal, sin perjuicio de continuar aquéllos en la representación de la concursada en el procedimiento y en los incidentes en los que sea parte. 4. Respecto de los créditos concursales, además de los efectos establecidos en el capítulo II del Título III de LC, se produce el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones. 5. Durante la fase de liquidación seguirán aplicándose las normas contenidas en el Título III de la LC en cuanto no se opongan a las específicas del presente capítulo. 6. Anunciar por edictos la apertura de la fase de liquidación, que se fijarán en el BOE, en el Registro Público Concursal, y Tablón de Anuncios de la Oficina Judicial (artículos 23.1 y 144 de la LC). Elche, 15 de julio de 2014.- El Secretario Judicial.

  6. Declaración de concurso10/04/2014
    ⚖️ ALICANTEAuto 31/03/2014

    Edicto Don Jorge Cuéllar Otón, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 3 de Alicante con sede en Elche, por el presente, hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso de acreedores abreviado núm. 000160/2014, N.I.G. 03065-66-2-2014-0000159, habiéndose dictado con fecha 21.3.14 por el Ilmo/a. Sr/a. Magistrado-Juez, auto de declaración de concurso abreviado voluntario de acreedores de ALTOS DE BENFERRI, S.L., con domicilio en Avda. Teodomiro, n.º 56, entresuelo, Orihuela (Alicante) y C.I.F. número B-53416426, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante al tomo 2.275, folio 35, hoja registral A-55.759, representada por el Procurador D/Dª ALEJANDRO GARCÍA BALLESTER. Facultades del concursado: Intervenido. Administrador Concursal: Que ha sido nombrada la sociedad ABP INSOLVENCIAS, S.L.P., que designa como persona natural que ha de representarla a D. ÁNGEL ERNESTO BERMEJO CAMPILLO, colegiado del Ilustre Colegio de Abogados de Murcia con domicilio postal: Calle San Cristóbal Sanz, 5 entlo. decha. Elche (Alicante) y dirección de correo electrónica: [email protected], para que los acreedores efectúen a su elección la comunicación de créditos de conformidad con el Artículo 85 de la Ley Concursal. Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la entidad concursada deberán poner en conocimiento del administrador concursal en las direcciones indicadas la existencia de sus créditos en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del presente B.O.E. Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Examen de autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personación. Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la última de las publicaciones a que se refiere el artículo 23 LC, puedan comunicar sus créditos en los términos del artículo 85. Elche, 31 de marzo de 2014.- El Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.