Concurso de acreedores
ALTIPLAST SL
CIF B03454295Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 4 — 30/11/2017 → 25/09/2020
- Procedimiento
- 640/2017
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE ALICANTE
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso25/09/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE ALICANTE Proc. 640/2017Auto 11/08/2020
Auto de conclusión de concurso
- Otro acto concursal26/02/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE ALICANTE Proc. 640/2017Juez : Antonio Fuentes BujalanceAuto 11/08/2020
Se declara concluido el concurso de PREFABRICADOS DEL GENIL SA declarándose la extinción de la sociedad Se aprueba la rendición de cuentas presentadas por la Administración Concursal.
- Otro acto concursal26/02/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE ALICANTE Proc. 640/2017Juez : MIGUEL ANGEL NAVARRO ROBLESAuto 11/08/2020
VER RESOLUCION ANEXA
- Otro acto concursal30/11/2017⚖️ ALICANTEAuto 15/11/2017
Doña María Pilar Solanot García, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Alicante, Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan los autos de Concurso Abreviado - 000640/2017-R en los que se ha dictado el 2-11-17 Auto declarando en estado de concurso Voluntario a ALTIPLAST, S.L.U., con domicilio en Calle San Gabriel, 11 y 13 Alicante, CIF número B03454295, inscrita en el Registro Mercantil de Alicante. Facultades: se decreta la intervención de las facultades de administración de la mercantil concursada. Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la entidad concursada deberán poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un Mes, a contar desde la fecha de publicación en el BOE. Identidad de la Admon. Concursal: Doña Sonia Sánchez Campello, en su cualidad de Abogado, con NIF 74369455-J, y con domicilio en la Calle Ángel, n.º 31-4, 03203-Elche (Alicante), teléfono 965427111 y fax 965427110, correo electrónico [email protected] Examen de los autos: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador y los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse. Alicante, 15 de noviembre de 2017.- Letrada de la Administración de Justicia.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.