Concurso de acreedores
ALTERDIN SL
CIF B60221215Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 3 — 19/12/2016 → 20/02/2019
- Procedimiento
- 852/2016
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona · Juzgado de lo Mercantil nº 03 de Barcelona hago saber
Cronología del expediente
- Otro acto concursal20/02/2019⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de BarcelonaProc. 852/2016Auto 15/02/2019
Don Jesús Santiago Ortego Briongos, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona, Hago saber: Que en el Concurso abreviado 852/2016 se dictó un auto por el que se ha declarado concluso el concurso de ALTERDIN, S.L., con NIF B60221215, con domicilio en Avenida de Sant Julià, 260, nau K, 08403 - Granollers. La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1 LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. Barcelona, 15 de febrero de 2019.- Letrado de la Administracion del Estado, Jesús Santiago Ortego Briongos.
- Otro acto concursal15/06/2018⚖️ Juzgado de lo Mercantil nº 03 de Barcelona hago saberProc. 852/2016Auto 10/05/2018
Jesús Santiago Ortego Briongos, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 03 de Barcelona hago saber que: En el Concurso abreviado 852/2016 se dictó un auto por el que se ha declarado concluso el concurso de ALTERDIN, S.L., con NIF B60221215, con domicilio en Avenida de Sant Julià, 260,, nau K,, 08403 - Granollers. La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1 LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. Barcelona, 10 de mayo de 2018.- El Letrado de la Administración de Justicia.
- Declaración de concurso19/12/2016⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de BarcelonaProc. 852/2016Auto 28/11/2016
Doña María Aránzazu Alameda López, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona, Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 852/2016, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad Alterdin, S.L., y ordenando darle publicidad con los siguientes datos: Número de asunto.- concurso voluntario 852/2016, sección c2. NIG del procedimiento.- 08019-47-1-2016-8007403. Entidad concursada.- Alterdin, S.L., con CIF n.º B60221215. Tipo de concurso.- Voluntario. Fecha del auto de declaración.- 23.11.2016. Administrador/es concursal/es.- Juan Manuel Espejo Merelo, con domicilio profesional en C/ Balmes, 209, 2.º 1.ª, 08006 Barcelona, núm. de teléfono 932184000, núm. de fax 9321803444, con dirección electrónica [email protected], designado por la sociedad GS INSOLVENCY MANAGEMENT, S.L.P. Facultades del concursado.- Suspendidas. Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de abogado y procurador. Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 LC.- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los autos.- los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse. Barcelona, 28 de noviembre de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.