Concurso de acreedores
ALTEC 90 SL
CIF B84087311Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 23/04/2015 → 06/10/2021
- Procedimiento
- 67/2015
- Juzgado
- MERCANTIL - 12 · Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid
Cronología del expediente
- Declaración de concurso06/10/2021⚖️ MERCANTIL - 12Proc. 67/2015Juez : LUIS ESPINOSA NAVARROAuto 19/12/2019
Se declara cumplido íntegramente el convenio suscrito por la concursada.
- Otro acto concursal23/04/2015⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de MadridProc. 67/2015Auto 09/04/2015
Edicto Dña. María Dolores Sánchez Franco, Secretaria del Juzgado de lo Mercantil n.º 12 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el art. 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 67/2015, por auto de 18.03.2015 se ha declarado en concurso voluntario abreviado al deudor "ALTEC 90, S.L." con domicilio social en calle Santander, n.º 5-1.º, Madrid, con CIF B-84087311, inscrita en el Registro Mercantil de Madrid, al tomo 20.438, folio 124, hoja número M-361.509. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios del Juzgado. - Lugar para tal comunicación: por presentación o remisión a la dirección: "Administración concursal del concurso de ALTEC 90, S.L.": att. de D. GREGORIO MINGOT ASCENÇAO, Paseo de Extremadura, 254, local CP 28011, Madrid. Dirección de correo electrónico para tal comunicación: [email protected] Para el caso de que algún crédito fuera presentado en el Juzgado, se tendrá por no comunicado. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Madrid, 9 de abril de 2015.- Secretaria Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.