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Concurso de acreedores
ALRECADI SL EN LIQUIDACION
CIF B07700735Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 8 — 18/01/2021 → 13/10/2021
- Procedimiento
- 342/2021
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE PALMA · Jdo. de lo Mercantil n.º 2 de Palma de Mallorca
Cronología del expediente
- Apertura de liquidación13/10/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE PALMA Proc. 342/2021Auto 30/04/2021
Auto de apertura de la fase de liquidación
- Otro acto concursal18/08/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE PALMA Proc. 342/2021Auto 30/04/2021
Nombramiento de Administrador concursal
- Otro acto concursal18/08/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE PALMA Proc. 342/2021Auto 30/04/2021
Resolución sobre las facultades de administración
- Declaración de concurso18/08/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE PALMA Proc. 342/2021Auto 30/04/2021
Auto de declaración de concurso
- Declaración de concurso25/05/2021⚖️ Jdo. de lo Mercantil n.º 2 de Palma de MallorcaProc. 342/2021Auto 20/05/2021
Edicto Doña Margarita Juan Losa, Letrada de la Administración de Justicia de Jdo. de lo Mercantil n.º 2 de Palma de Mallorca, por el presente, Hago saber: 1.º-Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º concurso abreviado 342/2021 A se ha dictado en fecha 30/04/2021 Auto de declaración de concurso voluntario del deudor ALRECADI, S.L., provista del n.º de CIF B07700735. 2.º-Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición que serán asumidas por la Administración Concursal. 3.º-Se ha designado, como administración concursal al letrado DON FRANCISCO LLABRES ENSEÑAT, con domicilio profesional en calle San Miguel, n.º 46, 2.º IZDA-, 07002 de Palma, con número de teléfono 971- 090060, y como dirección de correo electrónico [email protected] para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 4.º-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal. Dicha comunicación deberá presentarse directamente a la Administración Concursal en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos. La comunicación podrá presentarse o remitirse al domicilio designado al efecto por la Administración Concursal. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. También se señalará por el acreedor un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes, produciendo plenos efectos las que se remitan al domicilio o a la dirección indicados. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o de los documentos relativos al crédito. Salvo que los títulos o documentos figuren inscritos en un registro público, la administración concursal podrá solicitar los originales o copias autorizadas de los títulos o documentos aportados, así como cualquier otra justificación que considere necesaria para el reconocimiento del crédito. 5.º-Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público concursal www.publicidadconcursal.es 6.º-Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (art.º 184.3 Ley Concursal). Palma de Mallorca, 20 de mayo de 2021.- La Letrada de la Adminitración de Justicia, Margarita Juan Losa.
- Otro acto concursal03/02/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE PALMA Proc. 342/2021Juez : ANA GONZALEZ CARRILAuto 30/04/2021
Declarar en situación de Concurso Voluntario a la mercantil. UTRERA CONSULTING, S.L. y acuerdo simultáneamente LA CONCLUSIÓN del concurso declarado por insuficiencia de masa activa, la extinción de la personalidad jurídica de la deudora.
- Declaración de concurso03/02/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE PALMA Proc. 342/2021Juez : ENRIQUE CALVO VERGARAAuto 30/04/2021
AUTO DE DECLARACION DE CONCURSO
- Apertura de liquidación18/01/2021⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE PALMA Proc. 342/2021Juez : CARMEN GONZÁLEZ SUÁREZAuto 30/04/2021
El plan de liquidación de bienes y derechos del concursado se pone de manifiesto en Secretaría. Se anuncia en el tablón de anuncios del juzgado y en el RPC. El plazo para presentar observaciones y propuestas de modificación es de 15 días
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.