Inicio›Justicia›ALPRO PROMOCIONES SL
Concurso de acreedores
ALPRO PROMOCIONES SL
CIF B73245656Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 4 — 26/09/2017 → 15/05/2024
- Procedimiento
- 296/2017
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MURCIA · Mercantil - 1 · Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Murcia
Cronología del expediente
- Otro acto concursal15/05/2024⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MURCIA Proc. 296/2017Auto 24/04/2024
Cese de Administrador concursal
- Conclusión del concurso15/05/2024⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE MURCIA Proc. 296/2017Auto 24/04/2024
Auto de conclusión de concurso
- Conclusión del concurso25/04/2024⚖️ Mercantil - 1Proc. 296/2017Juez : MARIA DOLORES DE LAS HERAS GARCIAAuto 24/04/2024
CONCLUSION DE CONCURSO
- Declaración de concurso26/09/2017⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de MurciaProc. 296/2017Auto 24/07/2017
Edicto Ana María Lacalle Espallardo, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Murcia, por el presente, hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 296/2017 y NIG n.º 30030 47 1 2017 0000622 se ha dictado en fecha 24 de julio de 2017 auto de declaración de concurso voluntario abreviado del deudor Alpro Promociones, S.L., con CIF B-73245656, cuyo domicilio social lo tiene en calle Ramón y Cajal, n.º 2, 30500 Molina de Segura (Murcia). 2.º Se ha acordado que las facultades de administración y disposición sobre el patrimonio del deudor quedan suspendidas, siendo sustituidas por la Administración Concursal. Ha sido nombrado Administrador Concursal Aseproem Concursal, S.L.P., designando como domicilio postal para la remisión de créditos el sito en Plaza Circular, n.º 9, 1.º-A, 30008 Murcia, teléfono 968 282 401, fax 968 281 464 y correo electrónico [email protected], designando para el desempeño del cargo al Abogado y Economista D. José Vidal Martínez. 3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen directamente a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes desde el día siguiente de la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 4.º No se admitirán las comunicaciones de créditos que se presenten en este Juzgado, ni la Oficina de registro de la Ciudad de la Justicia. 5.º La concursada ha solicitado la liquidación, habiéndose acordado de conformidad con lo establecido en el art. 142 de la Ley Concursal. 6.º La dirección electrónica donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso es http://www.oficinajudicialmurcia.es/. En Murcia, 21 de septiembre de 2017.- La Letrado de la Administración de Justicia.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.