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Concurso de acreedores

ALVEMAGA SL

CIF B15262355Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
215/12/201220/11/2023
Procedimiento
271/2012-C · 271/2012
Juzgado
Mercantil - 1

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso20/11/2023
    ⚖️ Mercantil - 1Proc. 271/2012-CJuez : NURIA FACHAL NOGUERAuto 08/11/2023

    EN LOS AUTOS CON EL NÚMERO 271/2012-C RELATIVOS AL DEUDOR ALVEMAGA SL CON CIF B15262355 SE HA DICTADO EN FECHA 08.11.2023 AUTO DE CONCLUSIÓN

  2. Declaración de concurso15/12/2012
    ⚖️ A CORUÑAProc. 271/2012Auto 26/10/2012

    Edicto. Domingo Villafáñez García, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de A Coruña, por el presente, Hago saber: 1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º sección I declaración concurso 271/2012 y NIG n.º 15030 47 1 2011 0000865 se ha dictado en fecha auto de declaración de concurso voluntario-abreviado del deudor Alvemaga, S.L., domiciliada en Santiago de Compostela, A Coruña, calle do Tambre, s/n, Meixonfrío, CIF B-15.262.355, cuyo centro de intereses lo tiene en Santiago de Compostela. 2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo la concursada. Se ha designado, como administración concursal al economista Antonio Blanco Gregores, con despacho abierto en Santiago de Compostela, Rúa do Villar, n.º 11-3.º, y dirección electrónica señalada [email protected] para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. A Coruña, 26 de octubre de 2012.- El/la Secretario/a Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.