Concurso de acreedores
ALMACLIP SL
CIF B82826454Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 7 — 11/11/2013 → 17/11/2022
- Procedimiento
- 292/2013
- Juzgado
- JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO 4 DE HUELVA · PRIMERA INSTANCIA/MERCANTIL - 4
Cronología del expediente
- Otro acto concursal17/11/2022⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO 4 DE HUELVA Proc. 292/2013Juez : JOSEFINA OÑA MARTINAuto 20/07/2020
Cese de Administrador concursal
- Otro acto concursal17/11/2022⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO 4 DE HUELVA Proc. 292/2013Juez : JOSEFINA OÑA MARTINAuto 20/07/2020
Cese de las limitaciones de las facultades de administración
- Conclusión del concurso17/11/2022⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO 4 DE HUELVA Proc. 292/2013Juez : JOSEFINA OÑA MARTINAuto 20/07/2020
Auto de conclusión de concurso
- Otro acto concursal17/11/2022⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO 4 DE HUELVA Proc. 292/2013Juez : JESUS GINES GABALDON CODESIDOAuto 18/10/2013
Nombramiento de Administrador concursal
- Conclusión del concurso10/09/2020⚖️ PRIMERA INSTANCIA/MERCANTIL - 4Proc. 292/2013Juez : JOSEFINA OÑA MARTÍNAuto 20/07/2020
ACUERDO: 1) La conclusión del proceso concursal ALMACLIP S.L llevado en este mismo juzgado con el nº 292/13. 2) Se decreta el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición sobre el deudor. 3) El cese del Administrado
- Otro acto concursal12/03/2014⚖️ HUELVAProc. 292/2013Auto 12/02/2014
Edicto El Juzgado de lo Mercantil de Huelva, anuncia: 1. Que el procedimiento concursal número 292/2013, referente al deudor ALMACLIP, S.L. con C.I.F. n.º B-82.826.454, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. 2. Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios del Juzgado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil. 3. Para hacerlo se necesita valerse de Abogado y Procurador. Huelva, 12 de febrero de 2014.- El/La Secretario Judicial.
- Otro acto concursal11/11/2013⚖️ HUELVAProc. 292/2013Auto 18/10/2013
EDICTO El Juzgado de lo Mercantil de Huelva, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), ANUNCIA 1.º Que en el procedimiento número 292/2013, con NIG 2104142M20130000338 por auto de 18 de Octubre de 2013 se ha declaro en concurso voluntario al deudor ALMACLIP S.L. con C.I.F. B-82.826.454 y con domicilio social en C/Plaza de San Pedro, n.º 4 de Huelva; lugar que constituye también, el centro de sus principales intereses. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art. 85 de la LC. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido D. Francisco Vázquez Romero, con domicilio postal en Avda. de Portugal nº2, entreplanta dcha. (Huelva) y dirección electrónica [email protected] El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en el Tablón de anuncios de este Juzgado. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC) Huelva, 24 de octubre de 2013.- El/La Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.