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Concurso de acreedores
ALHAMA SPAIN SL
CIF B30069470Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 15/02/2012 → 14/05/2013
- Procedimiento
- 559/2008
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Murcia
Cronología del expediente
- Convenio de acreedores14/05/2013⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de MurciaProc. 559/2008Auto 07/02/2013
Edicto Doña Ana María Lacalle Espallardo, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Murcia, anuncia: 1. Que en el procedimiento concurso voluntario abreviado n.º 559/2008 se ha dictado el 7 de febrero de 2013 sentencia aprobando judicialmente el convenio propuesto por el deudor Al-Hama Spain, S.L., con CIF B-30069470 aceptado en la Junta de acreedores celebrada el día 11 de diciembre de 2012. 2. La sentencia se fundamenta en que la propuesta ha sido aceptada por mayoría suficiente de acreedores ordinarios conforme a la Ley Concursal y en no apreciarse infracción de la normas que regulan los convenios y la adhesión en la LC. El convenio está de manifiesto en la Secretaría del Juzgado para quienes acrediten interés en su conocimiento. Y para que sirva con el fin de dar la publicidad prevista en los artículos 23, 24 y 132 de la Ley Concursal, se expide el presente, doy fe. Murcia, 3 de mayo de 2013.- La Secretario Judicial.
- Declaración de concurso15/02/2012⚖️ MURCIAAuto 07/02/2012
Edicto D.ª Ana María Lacalle Espallardo, Secretario/a Judicial del Juzgado Mercantil nº 1 de Murcia, por el presente, hago saber: 1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº 0000559 /2008 y NIG nº 30030 47 1 2008 0100829 se ha dictado en fecha 31 de enero enero de 2012 auto de declaración de concurso del deudor Al-Hama Spain, S.L., con CIF B-30069470, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Polígono Industrial Oeste, parcela 21-22, módulo 4A-5ª, San Gines, Murcia. 2º.- Se ha acordado la de las facultades de administración y disposición que quedan intervenidas por la Administración Concursal designada al efecto, mediante su autorización y conformidad. Se ha designado, como administración concursal al Titulado Mercantil José Bueno Tagüeña, con domicilio postal en Avenida Reina Victoria, nº 13, 7ºB, Cartagena, 30204 y dirección electrónica [email protected] señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen directamente a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes desde el día siguiente de la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 4º.- No se admitirán las comunicaciones de créditos que se presenten en este Juzgado, ni la Oficina de registro de la Ciudad de la Justicia. 5º.- La dirección electrónica donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso es http://juzgadomercantil1murcia.blogspot.com/ Murcia, 7 de febrero de 2012.- La Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.