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Concurso de acreedores

ALERTA BITS SL

CIF B65513863Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
228/11/201524/04/2017
Procedimiento
823/2015
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal24/04/2017
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de BarcelonaProc. 823/2015Auto 10/03/2017

    Don Jesús Santiago Ortego Briongos, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona, Hhago saber: Que en el Concurso abreviado 823/2015 se dictó un Auto por el que se ha declarado concluso el concurso de ALERTA BITS, S.L., con NIF B65513863, con domicilio en calle Bonaplata, 51-53, 3.º 2.ª, Barcelona. La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1 LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación. Barcelona, 10 de marzo de 2017.- El Letrado de la Administración de Justicia.

  2. Declaración de concurso28/11/2015
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de BarcelonaProc. 823/2015Auto 15/10/2015

    Don Francisco Velasco García-Plata, Letrado de la Admón. de Justicia sust. del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona, Hago saber: Que en dicho Juzgado se tramita el proceso concursal 823/2015, en el que se ha dictado auto declarando en estado de concurso a la entidad ALERTA BITS, S.L., y ordenando darle publicidad con los siguientes datos: Número de asunto.- Concurso voluntario 823/2015, sección c2. NIG del procedimiento.- 08019-47-1-2015-8004161. Entidad concursada.- ALERTA BITS, S.L., con CIF B65513863. Tipo de concurso.- Voluntario. Fecha del auto de declaración.- 9.10.2015. Administrador/es concursal/es.- Antonio García Marqués, con domicilio profesional en Rbla. Catalunya, 91-93, 4t. 3a., 08008 Barcelona, núm. de teléfono 934876545, núm. de fax 934961895 y con dirección electrónica: [email protected], designado por la sociedad nombrada administradora concursal PGM Iuris Consulting, S.L.P. Facultades del concursado.- Intervenidas. Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de abogado y procurador Llamamiento a los acreedores y comunicación de créditos conforme al art. 85 LC.- Los acreedores de la concursada deberán ponerlos en conocimiento de la Administración concursal, en el domicilio designado al efecto o remitirlos a dicho domicilio. también podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás adquisición y vencimiento características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes a contar des desde la última las publicaciones. Examen de los autos.- Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Secretaría Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes en que consten sus respectivos créditos, o bien hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto, sin necesidad de personarse. Barcelona, 15 de octubre de 2015.- Letrado de la Administración de Justicia sustituto.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.