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Concurso de acreedores

ALDAMAR SHOES SOCIEDAD LIMITADA

CIF B90335191Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
718/03/202013/04/2021
Procedimiento
189/2020
Juzgado
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE SEVILLA · TRIBUNAL DE INSTANCIA MERCANTIL DE SEVILLA SECCIÓN 2ª - 2

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal13/04/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE SEVILLA Proc. 189/2020Juez : MARIA JOSE PEIRO ASPURZAuto 15/10/2020

    Debo declarar y declaro al/a la deudor/a D. BIENVENIDO AZNAR ALDARIA, de nacionalidad española, con documento de identidad nº 29.182.774Y y domicilio en Plaza de la Fuerzas Armadas numero 3, 4º, 8ª de Betera, en situación de concurso consecutivo.

  2. Conclusión del concurso13/04/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE SEVILLA Proc. 189/2020Juez : MARTA CANALES GANTESAuto 15/10/2020

    PARTE DISPOSITIVA Debo declarar y declaro al deudor don PABLO LOPEZ PEREZ (con NIF 32822316M casado con doña Maria Rilo Siso con NIF 32831380F en regimen de separacion de bienes. vecino de Oleiros A Coruña con domicilio en Rua Leiron nº 28

  3. Otro acto concursal28/01/2021
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE SEVILLA Proc. 189/2020Auto 27/02/2020

    Nombramiento de Administrador concursal

  4. Declaración de concurso22/10/2020
    ⚖️ SEVILLAProc. 189/2020Auto 19/10/2020

    Edicto. El Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla (sección 2.ª), en cumplimiento de lo dispuesto en el texto refundido de la ley concursal, anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 189/2020, neg. 6, con nig 4109142120200008629, por auto de fecha del día de su firma electrónica se ha declarado la conclusión de concurso de la entidad ALDAMAR SHOES, S.L.U., con CIF B 90.335.191, y cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente: "PARTE DISPOSITIVA Acuerdo: 1.- Declarar la conclusión del concurso de ALDAMAR SHOES, S.L.U. con CIF: B90335191 2.- Archivar las actuaciones. 3.- Declarar la cancelación de todas las anotaciones o inscripciones efectuadas en virtud de la declaración del concurso. 4.- Declarar el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición de la concursada hasta ahora subsistentes, salvo las que, en su caso, se contengan en la sentencia firme de calificación. 5.- El cese de la administración concursal designada, debiendo comparecer a tal efecto en este juzgado en el plazo de cinco días, para devolver la credencial que le habilita como tal. 6.- La extinción de la entidad ALDAMAR SHOES, S.L.U, debiendo cancelarse su inscripción en los registros públicos que corresponda, sin perjuicio del mantenimiento de su personalidad jurídica a los efectos de ser centro residual de imputaciones. 7.- Aprobar la rendición de cuentas presentada por la Administración concursal. 8.- Dar la publicidad registral necesaria prevista en los artículos 557 y 558 del Texto Refundido de la Ley Concursal, debiendo remitirse los respectivos mandamientos a los registros correspondientes para la inscripción de la presente resolución. 9.- Notificar la presente resolución a las mismas personas a las que se hubiera notificado la declaración de concurso a la administración concursal, a la concursada, a las partes personadas, y a cualquiera otra a la que hubiera debido notificarse la declaración de concurso (artículo 482 del Texto Refundido de la Ley Concursal), haciéndoles saber que la misma es FIRME (artículo 481.1 del Texto Refundido de la Ley Concursal). Así lo acuerda, manda y firma Juan Francisco Santana Miralles, Juez titular que ocupa plaza de Juez de Adscripción Territorial del Tribunal de Justicia de Andalucía, Ceuta y Melilla, adscrito como refuerzo a la Sección Segunda del Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla. El Juez.- La Letrada de la Admón. de Justicia". Sevilla, 19 de octubre de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, Ana María Gullón Gullón.

  5. Conclusión del concurso19/10/2020
    ⚖️ TRIBUNAL DE INSTANCIA MERCANTIL DE SEVILLA SECCIÓN 2ª - 2Proc. 189/2020Juez : JUAN FRANCISCO SANTANA MIRALLESAuto 15/10/2020

    1.- Declarar la conclusión del concurso de ALDAMAR SHOES, S.L.U, con CIF: B90335191

  6. Otro acto concursal13/10/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE SEVILLA Proc. 189/2020Juez : JORGE MONTULL URQUIJOAuto 15/10/2020

    Que en el Concurso ordinario 377/2011 referente al concursado SOLO SELECTO S.L., se dictado con fecha 07/09/2020 Auto de aprobación de plan de liquidación presentado por la administración concursal y formación Sec 6 Calificación

  7. Otro acto concursal18/03/2020
    ⚖️ SEVILLAProc. 189/2020Auto 13/03/2020

    E D I C T O El Tribunal de Instancia Mercantil de Sevilla (sección 2ª), en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), A N U N C I A 1º.- Que en el procedimiento número 189/2020, neg. 6, con nig 4109142120200008629, por auto de veintisiete de febrero de dos mil veinte se ha declarado en concurso voluntario al deudor ALDAMAR SHOES, S.L.U., con cif B 90.335.191 y domicilio en Sevilla C/ Litografía nº 29, código postal 41016. 2º.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la Administración concursal. 3º- Que los acreedores del concursado deberán dirigir a la Administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el art. 85 de la LC. A estos efectos se informa que la Administración concursal designada ha sido, Landwell-Pricewaterhousecoopers Tax & Legal Services, S.L., designando para su ejercicio, como miembro perteneciente a la firma, al letrado don José Antonio Peñafiel Tienda, con D.N.I. número 30.947.167-T, con domicilio en calle Concejal Francisco Ballesteros, número 4, teléfono: 954981300, fax 954981320, y dirección de correo electrónico: [email protected] El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado y en el/los periódicos 4º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Sevilla, 13 de marzo de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Ana María Gullón Gullón.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.