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Concurso de acreedores
ALBA RECURSOS HUMANOS SL
CIF B61544722Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 1 — 14/11/2012 → 14/11/2012
- Procedimiento
- 573/2012
Cronología del expediente
- Declaración de concurso14/11/2012⚖️ BARCELONAProc. 573/2012Auto 19/10/2012
Don Francisco Velasco García-Plata, Secretario del Juzgado Mercantil número 5 de Barcelona, Dicto el presente edicto: Juzgado.-Mercantil número 5 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, número 111, Edificio C, 12.ª planta. Número de Asunto.-Concurso voluntario 573/2012-8.ª Tipo de concurso.-Voluntario Abreviado. Entidad Instante del Concurso y NIF.-Alba Recursos Humanos, S.L.U., con NIF B61544722. Fecha del auto de declaración.-28.9.2012. Administradores Concursales.-Doña Gema Soligó Illamola, con NIF 35076977-E, domiciliada en calle Tres Torres, número 7, como auditor de cuentas, con correo electrónico: [email protected] Forma de personación: Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de abogado y procurador. Llamamiento a los acreedores.-Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimientos, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo será de un mes, a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a este Juzgado y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse. Barcelona, 19 de octubre de 2012.- El Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.