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Concurso de acreedores
ALANIA FORUM SL
CIF B65094732Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 24/03/2015 → 07/01/2017
- Procedimiento
- 941/2014
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso07/01/2017⚖️ BARCELONAProc. 941/2014Auto 28/11/2016
Edicto Francisco Velasco García-Plata, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil núm. 5 de Barcelona, dicto el presente edicto: Juzgado.-Mercantil núm. 5 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, n.º 111, Edificio C, 12.ª planta. Numero de asunto.-Concurso voluntario 941/2014 8. Tipo de concurso.-Voluntario, abreviado. Entidad instante del concurso y NIF.-Alania forum SLU, con NIF, B-65094732. Fecha del auto de conclusión.-28 de noviembre de 2016. Barcelona, 12 de diciembre de 2016.- El letrado de la Administración de Justicia.
- Declaración de concurso24/03/2015⚖️ BARCELONAProc. 941/2014Auto 17/02/2015
Edicto dando publicidad a la declaración de concurso. Francisco Velasco García-Plata, Secretario del Juzgado Mercantil núm. 5 de Barcelona, dicto el presente edicto: Juzgado.- Mercantil núm. 5 de Barcelona, Gran Vía de les Corts Catalanes, n.º 111 Edicficio C, 12.ª planta. Número de asunto.- Concurso voluntario 941/2014 8. Tipo de concurso.- abreviado. Entidad instante del concurso y nif.- ALANIA FORUM, S.L., con NIF B-65094732. Fecha del auto de declaración.- 20-1-2015. Administradores concursales.- EVE ADMINISTRACIÓN CONCURSAL SLP. Designando a la persona natural D. Josep Martinez Pascual, con NIF 45645722 domiciliada en Pau Clarís nº 157, 2º, 08037, Barcelona, como economista, con correo electrónico [email protected] Forma de personación.- Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador. Llamamiento a los acreedores.- Los acreedores de la concursada deberán poner en conocimiento de la Administración concursal en el domicilio designado al efecto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos. La comunicación expresará el nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimientos, características y calificación que se pretenda. Si se invocare un privilegio especial se indicarán además, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso los datos registrales. También se señalará un domicilio o una dirección electrónica para que la administración concursal practique cuantas comunicaciones resulten necesarias o convenientes. Se acompañará copia en forma electrónica en caso de que se haya optado por esa forma de comunicación, del título o documentos relativos al crédito. El plazo de un mes a contar desde la última de las publicaciones. Examen de los autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a este Juzgado y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de abogado o procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personarse. Barcelona, 17 de febrero de 2015.- El Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.