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Concurso de acreedores

AKRA-LUZ SL

CIF B53246773Ver la ficha de la empresa →

Publicaciones
3 — 07/04/2009 → 25/09/2013
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Alicante
Administración concursal
D.Mariano Hernández Montes Letrado

Cronología del expediente

  1. Conclusión del concurso25/09/2013
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de AlicanteAuto 05/09/2013

    Doña Cristina Cifo González, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Alicante, por el presente, Hago saber: Que en fecha 5 de septiembre de 2013 se ha dictado auto de conclusión del concurso de la mercantil Akra Luz, S.L., con C.I.F./N.I.F. número B-53.246.773, con domicilio en Calle Capitán Gaspar Ortiz, 30, bajo, Elche, que se tramita en este Juzgado con el nº 811/08 cuya parte dispostiva es la siguiente: 1.- Se declara concluso el concurso de acreedores de Akra Luz, S.L. 2. El deudor Akra Luz, S.L., queda responsable del pago de los creditos restantes, pudiendo los acreedores iniciar ejecuciones singulares. 3.- Quedan sin efecto y se alzan las limitaciones de administracion y disposicion del deudor Akra Luz, S.L., que vinieron en su día acordadas a salvo las que se contengan en la sentencia de calificación. 4.- Se acuerda la extincion de Akra Luz, S.L., decretándose la cancelación de su hoja registral de inscripción. Para su efectividad, líbrese mandamiento al Sr. Registrador Mercantil de la Provincia. 5. Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 5 de febrero de 2013. 6. Se acuerda el cese de lo administradores concursales, a salvo la facultad para proseguir actuaciones en defensa de intereses patrimoniales de la concursada y requiérase la devolución de la credencial. Notifíquese a las partes personadas y publíquese por medio de edicto en el Registro Publico Concursal y en el tablón de anuncios de este Juzgado e inscríbase en el Registro Mercantil. Alicante, 5 de septiembre de 2013.- La Secretaria Judicial.

  2. Apertura de liquidación25/09/2010
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de AlicanteAuto 17/05/2010

    Edicto Don Virginio Sánchez Barberán, Secretario Judicial del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de Alicante, por el presente Hago saber, que en fecha 17 de mayo de 2010 se ha dictado auto de fin de la fase común y apertura de la liquidación de la mercantil Akraluz, S.L. con CIF B-53246773 que se tramita en este Juzgado con el número 811/08-r cuya parte dispositiva es la siguientes: 1.-Se acuerda poner fin a la fase común. 2.-Se decreta la apertura de la fase de liquidación y apórtese testimonio del inventario de la masa activa que consta en el informe definitivo. 3.-Se acuerda la suspensión de la facultades de administración y disposición del deudor sobre su patrimonio, con todos los efectos previstos en el Título III de la Ley Concursal. 4.-Se declara la disolución de la mercantil, Akraluz, S.L., así como en todo caso el cese de los Administradores o Liquidadores, que serán sustituidos por la administración concursal. 5.-Se declara el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquéllos que consistan en otras prestaciones. 6.- Preséntese por la Administración Concursal en el plazo de 8/15 días el plan de liquidación previsto en el art.148 LC, debiendo contener una enumeración de todos los activos reflejados en el inventario con su valoración y las formas concretas propuestas en cada caso para su enajenación. 7.- Procédase a la formación de la Sección Sexta de calificación del concurso, con testimonio de la presente y demás particulares previstos en el Art. 167 LC, así como informe de la Administración Concursal del artículo 74 LC (sin inclusión de anexos por su volumen) Dentro de los 5 días siguientes a la última de las publicaciones del presente auto, cualquier acreedor o persona con interés legítimo podrá personarse en la Sección Sexta alegando por escrito cuanto considera relevante para la calificación del concurso como culpable. (Art 168 LC). Notifíquese a las partes personadas y publíquese por medio de edicto en el Registro Público Concursal y en el tablón de anuncios de este Juzgado e inscríbase en el Registro Mercantil En tanto no se cree el Registro Público Concursal, publíquese el edicto en extracto en el BOE de forma gratuita. Alicante, 17 de mayo de 2010.- El Secretario.

  3. Declaración de concurso07/04/2009
    ⚖️ ALICANTE.Auto 23/12/2008

    Don Virginio Sánchez Barberan, Secretario del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Alicante dictó, de conformidad con el artículo 21 y 23 de la Ley Concursal, el presente edicto al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este Juzgado: Juzgado: Juzgado de lo Mercantil número 1 de Alicante Calle Pardo Gimeno, 43 Número de Asunto: 811/08-R Tipo de Concurso: Voluntario Ordinario Entidad Instante del Concurso y Concursado: Akra Luz S.L con CIF B-53246773 con domicilio en calle Capitán Gaspar Ortiz n 30 Elche Representación y Asistencia Técnica: Procuradora: Irene Martínez López y Letrado: Francisco Escobar Fecha de presentación de la solicitud: 23 de Diciembre de 2008 Fecha del Auto de declaración: 3 Febrero de 2009 Administrador concursal: D.Mariano Hernández Montes Letrado domicilio en Alicante en Calle Capitán Dema nº 3 3 teléfono 932386739 Fax 932386736 correo electrónico: [email protected]. D. Juan José Moragues Molines titulado Mercantil, Auditor de cuentas con domicilio en Alicante en Avenida de Maisonnave nº 33 Portal 4- 1º C 03003. Teléfono 965926678 y Fax 965926684 correo electrónico: [email protected] Facultades del Concurso: Mantiene sus facultades de disposición y administración. Constancia del Patrimonio Inmobiliario: No consta. Llamamiento a los acreedores: Disponen de un plazo un mes desde la publicación de los edictos para comunicar los créditos a la administración concursal la existencia de su crédito a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y ulterior reconocimiento y clasificación conforme establece el artículo 85 de la Ley Concursal. Forma de Personación: Por medio de abogado y procurador ante este Juzgado. La comunicación a los acreedores no personados se hará a la administración concursal. Los autos, informes y documentación trascendental del concurso quedan en la Secretaría del Juzgado para su examen por los interesados en horas de audiencia. Alicante, 6 de marzo de 2009.- El Secretario Judicial, Virginio Sánchez Barberan.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.