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Concurso de acreedores
AKIRA ARCO SOCIEDAD LIMITADA
CIF B90144817Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 17/06/2017 → 16/01/2018
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Sevilla
Cronología del expediente
- Otro acto concursal16/01/2018⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de SevillaAuto 12/01/2018
El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Sevilla, en cumplimiento de lo acordado en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), Anuncia: Que en el procedimiento número 245/17, referente al deudor Akira Arco, S.L., con C.I.F.: B-90144817, y domicilio en Sevilla, avenida de la Constitución, número 30, 1.º D, por auto de fecha 27de diciembre de 2017 se ha acordado lo siguiente: 1. La conclusión del proceso concursal de la entidad Akira Arco, S.L. llevado en este mismo Juzgado con el n.º 245/17. Se decreta el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición. 2. El cese del Administrador Concursal designado, aprobando la rendición de cuentas presentada por el mismo, debiendo devolver la credencial que este juzgado le extendió en plazo de cinco días. 3. La declaración de extinción de la sociedad Akira Arco, S.L. y el cierre de su hoja en el Registro Mercantil para su constancia. Dicha declaración de extinción no ha de impedir la subsistencia de su personalidad jurídica para plantear o mantener demandas judiciales en reclamación de los créditos que ostente o crea que le asistan contra otros terceros. Sevilla, 12 de enero de 2018.- La Letrada de la Administración de Justicia.
- Otro acto concursal17/06/2017⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de SevillaAuto 29/05/2017
El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Sevilla, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 245/17-2, por auto de 10/05/17 se ha declarado en Concurso Voluntario Abreviado al deudor Akira Arco, S.L., con CIF B-90144817, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en avenida de la Constitución, n.º 30, 1.º D, Sevilla. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas estas a la intervención de la Administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC directamente ante la administración concursal D.ª Amalia López de la Cuadra, en su dirección en calle Virgen de Luján, n.º 43, portal B, planta 7.º C, Sevilla, y correo electrónico: [email protected] El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Sevilla, 29 de mayo de 2017.- La Letrada de la Administración de Justicia.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.