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Concurso de acreedores

AIXMA OBRAS Y SERVICIOS SL

CIF B15852627Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
201/06/201104/11/2015
Procedimiento
10/2015
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de A Coruña · Jdo. de lo Mercantil n.º 1 de A Coruña

Cronología del expediente

  1. Declaración de concurso04/11/2015
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de A CoruñaProc. 10/2015Auto 13/10/2015

    Edicto Don Fernando Santiso Vázquez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 1 de A Coruña, Por el presente hago saber: Que en este órgano se tramita la Sección 1.ª, Declaración Concurso n.º 131/11-C, seguido a instancias de la procuradora doña Beatriz Castro Álvarez, en nombre y representación de la entidad deudora "AIXMA, OBRAS Y SERVICIOS, S.L", con CIF B-15.852.627, en los que ha recaído la siguiente resolución de fecha 13/10/2015, que se reproduce en extracto: Auto En A Coruña, a 13 de octubre de 2015. Hechos Primero.- Por la administración concursal se solicitó la conclusión del presente concurso, al amparo de lo dispuesto en el art. 152.2 LC por haber concluido la liquidación de los bienes y derechos de la concursada, presentando informe de rendición de cuentas, de todo lo cual por resolución de 27 de mayo de 2013 y de 8 de junio de 2015 se dio traslado a la deudora y demás partes personadas para que pudiesen formular oposición en el plazo de quince días. Segundo.- Ha transcurrido el plazo concedido sin que por las partes se realizara alegación alguna al respecto. Dispongo: Declarar la conclusión del concurso voluntario de AIXMA OBRAS Y SERVICIOS, S.L., domiciliada en calle Eduardo Blanco Amor, s/n, de Touro, A Coruña, por fin de la fase de liquidación y archivar las presentes actuaciones con los siguientes efectos: 1.- Cesarán las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor. 2.- Procederá la extinción de la entidad AIXMA OBRAS Y SERVICIOS, S.L., y el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil a cuyo efecto expídase mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de A Coruña. Y aprobar la rendición de cuentas presentada por la administración concursal, que cesará en el cargo, con devolución de la acreditación, a la firmeza de esta resolución. La presente resolución se notificará mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 LC y se publicará en el BOE. Contra la presente resolución no cabrá interponer recurso alguno. Así lo acuerda manda y firma el Nuria Fachal Noguer, Magistrada-Juez en funciones de refuerzo del Juzgado de lo Mercantil núm. 1 de A Coruña, doy fe. El Magistrado-Juez. El Letrado de la Administración de Justicia. Se expide el presente a fin de que se lleve a efecto su publicación. A Coruña, 19 de octubre de 2015.- El Letrado de la Administración de Justicia.

  2. Otro acto concursal01/06/2011
    ⚖️ Jdo. de lo Mercantil n.º 1 de A CoruñaAuto 03/05/2011

    Edicto. El Jdo. de lo Mercantil n.º 1 de A Coruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: 1º- Que en el procedimiento número 131/11, por auto de 3-05-2011 se ha declarado en concurso voluntario abreviado al deudor "Aixma, Obras y Servicios, S.L." con CIF B-15852627 con domicilio social en Touro (A Coruña), c/ Eduardo Blanco Amor, s/n, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en el domicilio referido. 2º- Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es el de quince días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (artículo 184.3 LC). 5º- Que la administración concursal está integrada por: Letrado, don Javier Constenla Vega. A Coruña, 3 de mayo de 2011.- El Secretario Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.