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Concurso de acreedores
AISLAVENT SL EN LIQUIDACION
CIF B31237886Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 2 — 07/11/2012 → 03/01/2013
- Juzgado
- Juzgado de lo Mercantil N.º 1 de Pamplona/Iruña
Cronología del expediente
- Otro acto concursal03/01/2013⚖️ Juzgado de lo Mercantil N.º 1 de Pamplona/IruñaAuto 23/11/2012
El Juzgado de lo Mercantil N.º 1 de Pamplona/Iruña, anuncia: Que en el procedimiento concursal número 0000349/2012 referente al concursado Aislavent, S.L., con CIF B 31237886 con domicilio en carretera de Zaragoza n.º 40 de Caparroso (Navarra), por auto de fecha 23 de noviembre de 2012 se ha acordado lo siguiente: Primero. Aprobar el plan de liquidación para la realización de los bienes y derechos integrados en la masa activa del concurso de acreedores de la entidad mercantil Aislavent, S.L.. Segundo. Fórmese la sección sexta de este procedimiento concursal, que comprenderá lo relativo a la calificación del concurso y sus efectos. Expídanse los testimonios precisos de los documentos y resoluciones a que se refiere el art. 167 de la LC. Dentro de los diez días siguientes a la publicación de esta resolución en el BOE, cualquier acreedor o persona que acredite interés legítimo podrá personarse en la sección de calificación alegando por escrito cuanto considere relevante para la calificación del concurso como culpable. Dentro de los quince días siguientes a la espiración del anterior plazo, sin necesidad de previa resolución judicial para el inicio de su cómputo, los administradores concursales presentarán un informe razonado y documentado sobre los hechos relevantes para la calificación del concurso, con propuesta de resolución. Pamplona/Iruña, 23 de noviembre de 2012.- El/La Secretario/a Judicial.
- Declaración de concurso07/11/2012⚖️ Juzgado de lo Mercantil N.º 1 de Pamplona/IruñaAuto 28/09/2012
El Juzgado de lo Mercantil N.º 1 de Pamplona/Iruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia: Primero.- Que en el concurso ordinario de número 0000349/2012, NIG 3120147120120000363, por auto de 28 de septiembre de 2012, se ha declarado en concurso de materia voluntaria al deudor Aislavent, S.L., con CIF n.º B 31237886, y domicilio en Carretera de Zaragoza, n.º 40, de Caparroso, y cuyo centro de principales intereses lo tiene en Caparroso (Navarra). Segundo.- Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la administración concursal. Tercero.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado en este edicto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos en la dirección electrónica que consta en este edicto. La comunicación deberá realizarse en la forma prevista en el artículo 85.3 de la LC. La administración concursal está integrada por: D/Dª Emilia Izura Cea, DNI 29139177-V, mayor de edad, nacionalidad española, vecino de Tafalla-31300, domicilio en Plaza del Mercado, 2-2.º A, profesión abogada, teléfono 948-755166, fax 948-703779 y correo electrónico:[email protected] El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la publicación en el Boletín Oficial del Estado del auto de declaración del concurso. Cuarto.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (artículo 184.3 LC). Quinto.- Que en la misma resolución se ha acordado la apertura de la fase de liquidación, acordado, de conformidad con el art. 191 ter., dar traslado del plan de presentación por plazo de 10 días para que los acreedores puedan realizar alegaciones. Pamplona/Iruña, 8 de octubre de 2012.- El/La Secretario/a Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.