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Concurso de acreedores

AISLAMIENTOS RIPRAD SL

CIF B85236412Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
217/12/201609/12/2020
Procedimiento
464/2016 · 564/2016
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de Madrid · Juzgado de lo Mercantil 7 de Madrid

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal09/12/2020
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de MadridProc. 464/2016Auto 19/10/2020

    D./Dña. Verónica Calvo Moreno Letrado de la Administración de Justicia de Juzgado de lo Mercantil n.º 7 de Madrid, anuncia: En el procedimiento concursal que con el número 464/2016 referido a la mercantil Aislamientos Riprad, S.L. con C.I.F. B85236412 se ha dictado auto de fecha 19.10.2020 por el que se ha declarado concluso el concurso por finalización de la fase liquidación. La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno, ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento. El cese en su cargo del Administrador Concursal Ángel Marcos Gómez Aguilera aprobándose las cuentas formuladas. Madrid, 19 de octubre de 2020.- El/la Letrado/a de la Administración de Justicia, Verónica Calvo Moreno.

  2. Otro acto concursal17/12/2016
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil 7 de MadridProc. 564/2016Auto 01/12/2016

    Edicto Doña Virginia Montejo Labrada, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil 7 de Madrid, Hace saber: 1. Que en el concurso Concurso Abreviado 564/2016, con Número de Identificación General del procedimiento 28.079.00.2-2016/0135799, por auto de fecha 24/11/2016, se ha declarado en concurso voluntario, que se tramitará por el procedimiento abreviado, a Aislamientos Riprad, S.L., con n.º de identificación B85236412, y domiciliado en calle Juan de Austria, 26, 6.º D, escalera derecha, 28804 Alcalá de Henares (Madrid). 2. Que el deudor conserva las facultades de administración y disposición de su patrimonio, pero sometidas a la intervención de la Administración concursal 3. Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. por correo ordinario o en cualquiera de los medios admitidos en derecho, directamente, no siendo válida la comunicación que se dirija directamente al Juzgado, en el domicilio de la Administración Concursal que es el siguiente: Julian Hurtado Gallardo Despacho profesional: Calle Orense, 85, 28020 Madrid. Teléfono: 91 567 84 03. Email: [email protected] 4. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 5. Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado. 6. Que la dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es Madrid, 1 de diciembre de 2016.- La Letrada de la Administración de Justicia.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.