Concurso de acreedores
AHORACONS SL
CIF B91127316Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 3 — 08/07/2010 → 22/09/2021
- Procedimiento
- 490/2010
- Juzgado
- TRIBUNAL DE INSTANCIA MERCANTIL DE SEVILLA SECCIÓN 2ª - 2 · Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Sevilla
Cronología del expediente
- Conclusión del concurso22/09/2021⚖️ TRIBUNAL DE INSTANCIA MERCANTIL DE SEVILLA SECCIÓN 2ª - 2Proc. 490/2010Juez : JUAN FRANCISCO SANTANA MIRALLESAuto 20/09/2021
SE ADJUNTA AUTO DE CONCLUSION DEL CONCURSO
- Otro acto concursal20/07/2021⚖️ TRIBUNAL DE INSTANCIA MERCANTIL DE SEVILLA SECCIÓN 2ª - 2Proc. 490/2010Juez : PEDRO MARQUEZ RUBIOAuto 16/07/2021
SE ADJUNTA INFORME DE RENDICION DE CUENTAS DEL ADMINISTRADOR CONCURSAL
- Otro acto concursal08/07/2010⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de SevillaProc. 490/2010Auto 17/06/2010
Edicto. El Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Sevilla en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, anuncia: 1.º Que en el procedimiento número 490/2010, por auto de esta misma fecha se ha declarado en concurs Voluntario al deudor Ahoracons, S.L., con C.I.F.B91127316, cuyo domicilio y centro de principales intereses lo tiene en Urbanización Ciudad Jardín Este.13-B, izquierda, de Sevilla. 2.º Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. El plazo para esta comunicación es de quince días a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asisitidos de Letrado (artículo 184.3 LC). Sevilla, 17 de junio de 2010.- El Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.