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Concurso de acreedores

AGUILON-RAMBLA EAA SOCIEDAD LIMITADA PROFESIONAL

CIF B99327637Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
306/06/201307/03/2016
Procedimiento
546/2014 · 210/2013
Juzgado
Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Zaragoza · Juzgado de lo Mercantil N. 1 de Zaragoza

Cronología del expediente

  1. Declaración de concurso07/03/2016
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de ZaragozaAuto 09/02/2016

    Edicto Doña Elena Buil Torralba, Letrada de la Administración de Justicia, del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Zaragoza, por el presente, hago saber: 1.º Que en los autos seguidos en este Órgano judicial con el n.º Sección I declaración concurso 0000010 /2016-F y NIG n.º 50297 47 1 2016 0000021 se ha dictado en fecha 9 de febrero de 2016 Auto de Declaración de Concurso del deudor Ingeniería y Electricidad Mazón, S.L., NIF 99406548, con domicilio en calle La Diligencia, número 15, cuarto A, 1, de Zaragoza. 2.º Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición. Se ha designado, como administración concursal a Aguilón-Rambla E A A, S.L.P. con CIF B99327637, con domicilio domicilio postal señala calle Marina Española, n.º 10, 2.º E, de Zaragoza y la dirección electrónica es la siguiente: [email protected] Todo ello, para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos. 3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 4.º Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en el Registro Público Concursal. Zaragoza, 11 de febrero de 2016.- Letrada de la Administración de Justicia.

  2. Declaración de concurso24/01/2015
    ⚖️ ZARAGOZAProc. 546/2014Auto 05/01/2015

    E D I C T O Doña Carmen Montaner Zueras, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Zaragoza, por el presente, hago saber: 1.º Que en este Juzgado se siguen autos de Concurso Voluntario Abreviado n.º 546/2014-F, y número de Identificación General del procedimiento (N.I.G.) 50297 47 1 2014 0001222, en el cual se ha dictado en fecha de 5 de enero de 2015, Auto de declaración de concurso voluntario de la Compañía Mercantil "Mac-Euro España Enterprise, S.L.", con C.I.F. número B-50853977, y domicilio social en Zuera (Zaragoza), Calle Marconi n.º 74-B, Polígono Industrial "Los Llanos de la Estación". 2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que seguirá ejerciendo la mercantil concursada, mediante autorización o conformidad de la Administración Concursal. 3 º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que en el plazo de un mes comuniquen por escrito la existencia de sus créditos directamente a la Administración Concursal designada, integrada por la sociedad "AGUILÓN-RAMBLA EAA, S.L.P", con CIF B99327637, representada por el abogado Don José Ramón Rambla Pastor, con D.N.I. 17.704.780-R; Dirección postal: Calle Cinco de Marzo n.º 16, 4.º, 50004 ZARAGOZA; Teléfono: 976-236437; Fax: 976-237713; Correo electrónico: [email protected] Dicha comunicación podrá presentarse en el domicilio postal de la Administración Concursal indicada, o remitirse por correo a dicho domicilio, o efectuarse en su dirección electrónica. No se admitirán comunicaciones de créditos en el Juzgado. 4.º La comunicación de créditos se efectuará de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal, y expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose copia, en forma electrónica en los casos que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o de los documentos relativos al crédito. 5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (artículo 184.3 Ley Concursal) Zaragoza, 13 de enero de 2015.- La Secretaria Judicial.

  3. Declaración de concurso06/06/2013
    ⚖️ Juzgado de lo Mercantil N. 1 de ZaragozaProc. 210/2013Auto 21/05/2013

    D.ª Carmen Montaner Zueras, Secretaria Judicial del Juzgado de lo Mercantil N. 1 de Zaragoza, por el presente, hago saber: 1.º Que en este Juzgado se siguen autos de Concurso Voluntario Abreviado n.º 210/2013-F, y número de Identificación General del procedimiento (N.I.G.) 50297 47 1 2012 0000453, en el cual se ha dictado en fecha de 21 de mayo de 2013, Auto de declaración de concurso voluntario y apertura de la fase de liquidación de la Compañía Mercantil "Construcciones de Viviendas Zaragoza 2005, S.L." (COVIZA), con C.I.F. número B99044919 y domicilio social en Zaragoza, calle Sanclemente. n.º 8, escalera segunda, 1.º A. 2.º Se ha acordado abrir la fase de liquidación y declarar disuelta la Compañía Mercantil "Construcciones de Viviendas Zaragoza 2005, S.L." (COVIZA), y la suspensión de las facultades de administración y disposición de la misma sobre su patrimonio, siendo sustituida por la administración concursal designada. 3.º Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que en el plazo de un mes comuniquen por escrito la existencia de sus créditos directamente a la administración concursal designada, integrada por la sociedad "Aguillón-Rambla EAA, S.L.P.", con CIF B99327637, representada por el abogado D. José Ramón Rambla Pastor, con DNI 17.704.780-R, Dirección postal: Calle Marina Española, n.º 10, 2.º-E, 50006 Zaragoza; Teléfono: 976-274814; Fax: 976-274814; Correo electrónico: [email protected]. Dicha comunicación podrá presentarse en el domicilio postal de la administración concursal indicada, o remitirse por correo a dicho domicilio, o efectuarse en su dirección electrónica. No se admitirán comunicaciones de créditos en el Juzgado. 4.º La comunicación de créditos se efectuará de conformidad con el artículo 85 de la Ley Concursal, y expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose copia, en forma electrónica en los casos que se haya optado por esta forma de comunicación, del título o de los documentos relativos al crédito. 5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de procurador y asistidos de letrado (art.º 184.3 Ley Concursal) Zaragoza, 24 de mayo de 2013.- La Secretaria Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.