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Concurso de acreedores

AGUILA REAL SL

CIF B41250655Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
225/05/201130/11/2020
Procedimiento
57/2011
Juzgado
TRIBUNAL DE INSTANCIA MERCANTIL DE SEVILLA SECCIÓN 1ª - 1

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal30/11/2020
    ⚖️ TRIBUNAL DE INSTANCIA MERCANTIL DE SEVILLA SECCIÓN 1ª - 1Proc. 57/2011Juez : EDUARDO GOMEZ LOPEZAuto 25/11/2020

    ADJUNTO EN ANEXO (RENDICIÓN CUENTAS ADMINISTRACIÓN CONCURSAL)

  2. Otro acto concursal25/05/2011
    ⚖️ SEVILLAProc. 57/2011Auto 14/02/2011

    El Juzgado de lo Mercantil número uno de Sevilla, anuncia: 1°.- Que en el procedimiento número 57/2011, por auto de 14 de febrero de 2011, se ha declarado en concurso voluntario al deudor Aguila Real, S.L., con C.I.F. B41250655 y domicilio en CR. de Guillena-Burguillos, Km 4 Guillena (Sevilla) 2°.- Que el deudor conserva las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, pero sometidas éstas a la intervención de la administración concursal. 3º.- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. Directamente ante el Administrador Concursal, doña Inés Zafra Oliva, Economista, con domicilio profesional en C/ Arfe 34, Io A 41001 Sevilla, teléfono 954532362. El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado. 4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC). 5°.- Se informa a todos los interesados que la consulta de los datos refrentes a este concurso se realizará preferentemente a través de la siguiente página web: webmercantil.justicia.junta-andalucia.es Sevilla, 14 de febrero de 2011.- La Secretaria Judicial.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.