Concurso de acreedores
AGROMAXIMO SL
CIF B21254644Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 5 — 23/10/2013 → 10/11/2020
- Procedimiento
- 136/2013
- Juzgado
- JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO 4 DE HUELVA · PRIMERA INSTANCIA/MERCANTIL - 4
Cronología del expediente
- Otro acto concursal10/11/2020⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO 4 DE HUELVA Proc. 136/2013Juez : JOSEFINA OÑA MARTINAuto 29/09/2020
Cese de Administrador concursal
- Otro acto concursal10/11/2020⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO 4 DE HUELVA Proc. 136/2013Juez : JOSEFINA OÑA MARTINAuto 29/09/2020
Cese de las limitaciones de las facultades de administración
- Conclusión del concurso10/11/2020⚖️ JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA NÚMERO 4 DE HUELVA Proc. 136/2013Juez : JOSEFINA OÑA MARTINAuto 29/09/2020
Auto de conclusión de concurso
- Conclusión del concurso05/10/2020⚖️ PRIMERA INSTANCIA/MERCANTIL - 4Proc. 136/2013Juez : LAURA ROSA LOPEZAuto 29/09/2020
AUTO CONCLUSION CONCURSO
- Otro acto concursal23/10/2013⚖️ HUELVAProc. 136/2013Auto 25/09/2013
El Juzgado de lo Mercantil de Huelva anuncia: 1.- Que en el procedimiento concursal número 136/2013 referente al deudor Agromaximo, S.L., con C.I.F. B21254644, se ha presentado el informe de la administración concursal, al que se refiere el Capítulo I del Título IV de la Ley Concursal (LC), junto con el inventario de bienes y derechos y la lista de acreedores. Dichos documentos pueden ser examinados por los interesados en la Secretaría del Juzgado, así como obtener copias, a su costa. 2.- Dentro del plazo de diez días, computado desde la última de las publicaciones de este edicto que se publicará en el Boletín Oficial del Estado y en el Tablón de Anuncios de este Juzgado, los interesados que se consideren perjudicados por el inventario de bienes y derechos o por la lista de acreedores, podrán presentar impugnaciones en este Juzgado de lo Mercantil. 3.- Para hacerlo se necesita valerse de abogado y procurador. Huelva, 25 de septiembre de 2013.- El/La Secretario Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.