InicioJusticiaAGROGALVAMA S.L

Concurso de acreedores

AGROGALVAMA S.L

CIF B06649099Ver la ficha de la empresa

Publicaciones
301/07/202009/11/2020
Procedimiento
128/2020
Juzgado
JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE BADAJOZ · Jdo de lo Mercantil nº 1 de Badajoz

Cronología del expediente

  1. Otro acto concursal09/11/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE BADAJOZProc. 128/2020Juez : CARLOS MARTINEZ DE MARIGORTA MENENDEZAuto 10/06/2020

    DECLARACION DE CONCURSO CON SIMULTANEA APERTURA FASE LIQUIDACION

  2. Conclusión del concurso09/11/2020
    ⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 1 DE BADAJOZProc. 128/2020Juez : Alfonso Muñoz ParedesAuto 10/06/2020

    Auto de declaración de concurso y apertura de la fase de liquidación

  3. Declaración de concurso01/07/2020
    ⚖️ Jdo de lo Mercantil nº 1 de BadajozAuto 10/06/2020

    Doña Lucía Peces Gómez, Letrada de la Administración de Justicia de Jdo de lo Mercantil nº 1 de Badajoz, por el presente, Hago saber 1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial, bajo número de concurso abreviado voluntario 128/20, a instancia del Procurador don Javier Lopez-Navarrete López se ha dictado en fecha 10 junio 2020 Auto de Declaración de concurso del deudor Agrogalvama, S.L.U., con Cif B06649099 con domicilio social en Badajoz, calle Sabio 20 de Higuera la Real (Badajoz), e igualmente se determina la conclusión del mismo por falta de bienes conforme al Art. 176. Bis 4 de la LC. 2.- Se ha acordado publicar edicto con el carácter de gratuito en el BOE, especificando la declaración y terminación del concurso por falta de bienes. 3.- Dada la conclusión del concurso por insuficiencia de bienes y derechos del deudor persona jurídica, se ha acordado su extinción y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, expidiendo Mandamiento al Registro Mercantil Badajoz, 10 de junio de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Lucía Peces Gómez.

Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.