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Concurso de acreedores
AGRARIAS ROMESOL SL
CIF B73118424Ver la ficha de la empresa →
- Publicaciones
- 4 — 04/12/2013 → 29/09/2020
- Procedimiento
- 375/2013
- Juzgado
- JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MURCIA · Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Murcia
Cronología del expediente
- Otro acto concursal29/09/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MURCIA Proc. 375/2013Juez : CARLOS NIETO DELGADOAuto 22/03/2019
-En el concurso 134/2008 se ha puesto de manifiesto en el Juzgado el Plan de Liquidación elaborado por la Administración Concursal. -El deudor y los acreedores pueden en el plazo de quince días formular observaciones y propuestas de modificación.
- Conclusión del concurso29/09/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MURCIA Proc. 375/2013Juez : M.JOSÉ HOMPANERA PEREZAuto 22/03/2019
EDICTO DANDO PUBLICIDAD AL AUTO QUE MODIFICA EL PLAN DE LIQUIDACIÓN
- Otro acto concursal26/02/2020⚖️ JUZGADO DE LO MERCANTIL NÚMERO 2 DE MURCIA Proc. 375/2013Juez : PEDRO MALAGON RUIZAuto 22/03/2019
EDICTO DE FASE DE CONCLUSION DE CONCURSO POR INSUFICIENCIA MASA ACTIVA
- Declaración de concurso04/12/2013⚖️ Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de MurciaAuto 23/10/2013
Edicto Doña Ángela Quesada Martos, Secretario/a Judicial de Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Murcia, por el presente, hago saber: 1.º Que en sección I declaración concurso 0000375/2013 y NIG n.º 30030 47 1 2013 0000787, seguido en este órgano judicial se ha dictado en fecha 23 de octubre de 2013 auto de declaración de concurso voluntario de Agrarias Romesol, S.L., con CIF B-73118424, cuyo centro de intereses principales lo tiene en Plaza de Santa Isabel, n.º 4, 3.º B de Murcia. 2.º Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición del deudor. Se ha designado como Administrador concursal al Abogado, D. Jaime Luis Sánchez-Vizcaíno Rodríguez, con domicilio en C/ José Antonio Hernández del Águila, n.º 4, 3.º A, 30002 Murcia, y con teléfono n.º 968222212 y fax n.º 968220758 y dirección de correo electrónico [email protected], para que los acreedores a su elección efectúen la comunicación de créditos. 3.º Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, será de un mes desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado. 4.º En lo sucesivo las resoluciones que conforme a la Ley Concursal deban publicarse se harán en la siguiente página Web [email protected]. 5.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistidos de Letrado/a (artículo 184.3 LC). Murcia, 25 de noviembre de 2013.- La Secretaria Judicial.
Fuente: Registro Público Concursal y BOE Sección IV. Los edictos se reproducen tal como se publican; su vigencia y sus efectos corresponden al juzgado que los dicta.